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Acuerdo



08/04/2011 11:37 AM




Tpo. Documento: Acuerdo Ordinario
Número: 4736
Fecha:
08/03/2011
Tema:
Referencia: ACUERDO ORDINARIO
Observaciones: Publicado 04 de agosto de 2011 - 11:35 hs
4736




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ACUERDO Nº 4736.- En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los 03 días del mes de agosto del año dos mil once, siendo las 10.30 hs, se reúne en Acuerdo el Tribunal Superior de Justicia integrado con la Presidencia de la Dra. LELIA G. MARTINEZ de CORVALAN, los señores Vocales Dr. RICARDO T. KOHON, ANTONIO G. LABATE, OSCAR E. MASSEI y el Sr. Fiscal, Dr. ALBERTO TRIBUG, con la presencia de la señora Secretaria de Superintendencia Dra. ISABEL VAN DER WALT.------------------------------
Abierto el acto por la señora Presidente, se ponen a consideración del cuerpo los siguientes puntos:--------
1.- SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA SOBRE CUMPLIMIENTO ACUERDO Nº 4721.- Por secretaría se informa sobre el cumplimiento de las resoluciones del Acuerdo mencionado.--------------------------------------------
2.- PRESIDENCIA INFORMA DECRETOS Nº 378/11 al 386/11.- En este acto la señora Presidente hace saber al Cuerpo el contenido de los Decretos de referencia. Oído lo cual, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: Tomar conocimiento de lo dispuesto mediante Decretos Nº 379, 382, 385, 386 y ratificar los Decretos N° 378, 380, 381, 383 y 384.----------------------------------------
3.-ADMINISTRACION GENERAL SOBRE INFORME SOBRE RENDICION DE CUENTAS DEL PODER JUDICIAL DEL EJERCICIO 2009.- VISTO Y CONSIDERANDO: La Nota Nº 11679/11-D-AG mediante la cual la Sra. Administradora General informa que la Dirección de Administración Financiera hace saber que los cuentadantes correspondientes a ese período, los Contadores: Roberto J. Frassetto - Administrador General-, Ricardo A. Arias - Director de Administración Financiera y Eduardo A. Manqueo - Subdirector de Administración Financiera- han recibido la notificación por cédula del Acuerdo G-2408 emitido por el Tribunal de Cuentas Provincial en autos caratulados "PODER JUDICIAL - RENDICION DE CUENTAS EJERCICIO 2009" Expediente Nº 2600- 47.482/2008 y sus acumulados por cuerda. Que en dicho acto el mencionado Tribunal resuelve tener por presentada la Rendición de Cuentas del Poder Judicial - Ejercicio 2009; efectuada mediante los Estados Financiero, de Resultado Presupuestario y de Origen y Aplicación de Fondos, por el ejercicio finalizado al 31 de Diciembre de 2009. Asimismo, aprobar la Rendición de Cuentas del Poder Judicial correspondiente al Ejercicio 2009. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) Tomar conocimiento de lo informado por la señora Administradora General.- 2º) Tome conocimiento la Administración General. Notifíquese y Cúmplase.--------------------------------
4.-ADMINISTRACION GENERAL SOBRE INTEGRACION COMISION DE DIALOGO EN MATERIA SALARIAL.- VISTO Y CONSIDERANDO: La necesidad de integrar nuevamente la Comisión de Diálogo designada mediante Acuerdo Nº 4572 - Punto 9 – y Decreto Nº 545/09 atento la reciente designación de autoridades en la Administración General y el compromiso asumido por el Alto Cuerpo de participar en una segunda mesa de negociación a partir del día 01 de agosto de 2011, según consta en el Acta suscripta conjuntamente con los representantes del Sindicato de Empleados Judiciales del Neuquén con fecha 15 de marzo de 2011. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Integrar la Comisión de Diálogo en materia salarial con la Administradora General, Cra. Sandra Edith Valle, la Secretaria de Gestión Humana y Programas Especiales, Dra. Elisa Flores, la Responsable del Área Técnica de Recursos Humanos, Lic. Jimena Solana Labiano y el Jefe de la División Liquidación de Haberes, el Lic. Héctor Oscar Oser.- 2) Cúmplase.------------------------------
5.-FISCALIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE INFORMA TURNOS DE LOS EQUIPOS FISCALES PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2011.- VISTO Y CONSIDERANDO: Lo informado por el Señor Fiscal del Tribunal Superior de Justicia en relación al cronograma de Guardias dispuesta para los Equipos Fiscales correspondiente al Segundo Semestre del año 2011. Por ello, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado.----------------

6.-FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE SOLICITA SE DECLARE DE INTERES LAS “XXIV JORNADAS NACIONALES DE LOS MINISTERIOS PÚBLICOS”.- VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido efectuado por el Sr. Fiscal del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Alberto Tribug, en que se declare de interés la realización de las “XXIV Jornadas Nacionales de los Ministerios Públicos” en la ciudad de Salta, los días 28 y 30 de septiembre del corriente año. Que atento los temas que se abordarán en dichas Jornadas, este Cuerpo considera apropiado declarar de interés su realización. Por otro lado, tal como ha ocurrido en otros años, resulta de importancia la participación de los funcionarios aludidos en dichas jornadas, circunstancia que debe compatibilizarse con las necesidades de servicio existentes en cada organismo, Por ello de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Declarar de interés, la realización de las “XXIV Jornadas Nacionales de los Ministerios Públicos” en la ciudad de Salta, los días 28 y 30 de septiembre del corriente año. 2°) Facultar al señor titular de los Ministerios Públicos del Tribunal Superior de Justicia a designar a los 5 funcionarios por Ministerio que asistirán a dichas jornadas. 3º) Autorizar que por la Administración General se proceda a liquidar a los oportunamente designados la suma de pesos dos mil ($ 2000) por todo concepto a cada asistente. 4º) Notifíquese, hágase saber. Tome razón la Secretaria de Gestión Humana y Programas Especiales. Cúmplase por la Administración General.--------------------------------
7.-DEFENSORÍA SUBROGANTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE RESOLUCIÓN Nº 13/11.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 13/11 el Sr. Defensor Subrogante del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Alberto Tribug, resolvió unificar la tarea administrativa atinente a las Superintendencias de las Defensorías de Cámara I y de la Defensoría de Cámara II y los trabajos específicos del ámbito penal, a partir del 1º de agosto de 2011. Por ello, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado.--------------------
8.-CUERPO MÉDICO FORENSE SOBRE INFORMA CRONOGRAMA DE GUARDIAS DE MÉDICOS FORENSES DE LA I CIRCUNSCRIPCIÓN.- VISTO Y CONSIDERANDO: El cronograma de guardias de los Médicos Forenses de la I Circunscripción Judicial, presentado para el 2º semestre del año en curso, solicitando además que se de difusión al mismo, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1º) APROBAR el cronograma de guardias propuesto para el 2º Semestre del año en curso, de los Médicos Forenses de la I Circunscripción Judicial, el que se protocoliza en este acto, formando parte integrante del presente resolutorio. 2º) Hágase saber a los organismos judiciales que hagan uso del servicio que se presta en el Cuerpo Médico Forense. 3º) Cúmplase, notifíquese.---
9.-ESTRADA ANALIA EVANGELINA SOBRE SOLICITA INSCRIPCIÓN FUERA DE TERMINO EN LA ESPECIALIDAD DE ACCIDENTOLOGÍA VIAL.- VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido efectuado por la Tec. Analía Estrada, en el que solicita se lo inscriba –fuera de término- en la lista anual de peritos en la especialidad de Accidentología Vial para designaciones de oficio, correspondientes al año en curso para la I Circunscripción. Que funda su pedido su reciente matriculación ante el Tribunal Superior de Justicia. Que atento la razón invocada corresponde hacer lugar a su petición. Por ello, luego de un intercambio de opiniones, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Hacer lugar a la inscripción, fuera de término, de la Tec. Analía Estrada, en la lista de peritos en la especialidad de Accidentología Vial para designaciones de oficio, correspondientes al año en curso para la I Circunscripción, en virtud de haber obtenido recientemente su matrícula como perito. 2°) Notifíquese, cúmplase.---------------------------------
10.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE APORTE MENSUAL AL FORO PATAGÓNICO DE TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA.- VISTO Y CONSIDERANDO: El término por el cual se autorizara la realización del aporte mensual al Foro Patagónico de Superiores Tribunales dispuesto en Acuerdo Nº 4562, Punto 5, con el objeto de establecer la continuidad del pago correspondiente, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Disponer que por la Administración General se abone, a partir del vencimiento del término dispuesto en Acuerdo 4562, Punto 5, el importe de pesos UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500) en concepto de cuota mensual correspondiente al aporte al Foro Patagónico de Superiores Tribunales de Justicia y con renovación anual automática.- 2º) Cúmplase.----------------------------------------------
11.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE MODIFICACION INTEGRACION REPRESENTANTES EN LA COMISION NEGOCIADORA. VISTO La Ley N° 2670 sobre Negociación Colectiva de Trabajo del Poder Judicial, el Acuerdo N° 4641, Punto 16 y la Resolución N° 628/11 del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 628/11M.E.T. y S.S., el citado Ministerio aprobó la modificación del Estatuto Social del Sindicato de Empleados Judiciales del Neuquén –S.E.Ju.N.-, respecto de los artículos 1°), 2°) y 5°) de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551. Dicha norma fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación N° 32.162 el día 9/06/11; En virtud de ello, los funcionarios que oportunamente fueron designados representantes del Poder Judicial en la Comisión Negociadora de la Convención Colectiva mediante Ac. N° 4641, P.16, a partir de dicha ampliación del ámbito de aplicación personal de la referida norma estatutaria, resultan afectados por dicha representación sindical, por lo que, conforme lo establecido por el art. 2° de la Ley N° 2670, quedarían comprendidos en la misma. Que en consecuencia, es necesario dejar sin efecto lo resuelto mediante el inciso 1) del resolutorio del punto 16 del acuerdo citado en el visto y efectuar una nueva designación de miembros negociadores titulares, quedando pendiente la designación de igual número de suplentes. Por ello, luego de un intercambio de opiniones, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Dejar sin efecto el inciso 1°) del resolutorio del Punto 16 del Acuerdo N° 4641. 2°) Designar como TITULARES de la comisión Negociadora aludida en los considerandos del presente resolutorio, al Dr. OSCAR E. MASSEI, y a los Dres. ALEJANDRA C. BOZZANO, MONICA G. MARTENS, ANA LIA ZAPPERI, MARCELO J. MEDORI y LUIS P. TRANI. 3°) NOTIFIQUESE, cúmplase.----------------------
12.-DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y ESTADÍSTICAS SOBRE ELEVA DATOS ESTADÍSTICOS ACTIVIDAD JURISDICCIONAL 2010.- VISTO Y CONSIDERANDO: El informe elevado por el Departamento de Planificación, con relación a las estadísticas correspondientes al año 2010. Que del mismo se desprende la importancia de la carga correcta de la totalidad de la información – responsabilidad ésta que recae sobra cada titular de organismo y el secretario del mismo-. En tal sentido, al momento de imprimirse la estadística bimestral y con carácter previo a la remisión al Departamento correspondiente, debe efectuarse una lectura concienzuda de los datos allí volcados, a fin de verificar si reflejan la realidad del organismo en cada uno de ellos. Si así no fuera, debe realizarse la verificación – dentro del circuito de carga de información-, del motivo del error o diferencia en los datos. Detectado el motivo, deberán tomarse las medidas correspondientes para efectuar la corrección. Para el caso de que el defecto se produzca por falta de capacitación del personal, o de algún funcionario del organismo, deberá requerirse la misma. Ello, en virtud de la importancia que tiene para la toma de decisiones por parte del Tribunal Superior de Justicia, de contar con los datos estadísticos que resulten un reflejo de la realidad de cada dependencia. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento del informe remitido por el Departamento de Planificación. 2°) Hacer saber a los titulares de la totalidad de los organismos del Poder Judicial, la importancia de realizar un control exhaustivo de los volcados en las estadísticas bimestrales, y las medidas que consideren pertinentes- tal lo expresado en los considerandos del presente resolutorio-, para el caso de que ello no ocurriera. 3°) Notifíquese.--------
13.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE POSICIÓN INSTITUCIONAL PARA LA “COMISIÓN ESPECIAL DE REFORMA Y ACTUALIZACIÓN DE LA LEY N° 2212”.- VISTO: Que mediante Acuerdo N° 4486 Punto X, se dispuso – en respuesta a la comunicación efectuada mediante Nota N° 849 /2009 de la Honorable Legislatura provincial, en la que se informa sobre la creación de la “Comisión Especial de Reforma y Actualización de la Ley N° 2212 de prevención, erradicación y sanción de todo tipo de violencia familiar, mediante Resolución N° 762/09 - designar a la Dra. Beatriz Giménez como representante del Poder Judicial. Que en las diferentes reuniones llevadas a cabo en el ámbito legislativo, se advirtió la existencia de varios proyectos propuestos. Que ante tal circunstancia, la Dra. Giménez entendió oportuno que el Tribunal Superior de Justicia, fije una posición institucional, aportando para ello diferentes elementos que deben sumarse al aporte realizado por el Ministerio Público de la Defensa, y considerando que uno de los proyectos contempla la aplicación directa de la Ley Nacional N° 26.485.------------------------------------
Y CONSIDERANDO: Que en primer lugar, corresponde dejar aclarado que el Congreso Nacional posee la facultad de dictar normas de fondo, y de aplicación en toda la República conforme dispone el art. 75 inc. 12 de la Constitución Nacional. Ahora bien, las cuestiones procesales, forman parte de las facultades no delegadas por las Provincias al Gobierno Federal, por lo que cualquier aspecto procesal, debe ser analizado por el órgano legislativo de la Provincia.--------------------
En consecuencia, respecto a la Ley Nacional de Violencia contra la mujer y sin perjuicio de la aplicación directa que pudiera tener en los aspectos en los que no invada la esfera de competencias de la provincia, lo que debe considerarse – como mas adelante se verá-, es que las leyes que se sancionen, en todo momento deben tender a la ampliación de derechos y no a la reducción.------------------------------------------
En tal sentido, es importante tomar en cuenta el análisis de la normativa involucrada por parte de la Subsecretaría Legal y técnica y tal como se desprende de los aportes efectuados, existen aspectos que deben considerarse prioritariamente. Por un lado, desde el punto de vista técnico legislativo, dado que la Ley Provincial N° 2212, es mas abarcativa que las propuestas existentes, habrá de velarse porque los proyectos en trámite no sean restrictivos de derechos actualmente consagrados. En este punto, debe considerarse que la ley provincial comprende a todas las personas que padecen o son víctimas de situaciones de violencia y no se limita solamente a las mujeres. Por otro lado, hay cuestiones procesales que han sido analizadas por los organismos involucrados y volcados en el dictámen de la Subsecretaría Legal y técnica que se adjunta al presente resolutorio y se encuentra relacionado con las cuestiones de competencia – aspecto eminentemente procesal, y en consecuencia materia no delegada-.---------------------------------------------
A esos fines se agrega como Anexo, algunos artículos que sería importante considerar a los fines de su incorporación.-----------------------------------------
Teniendo en cuenta la temática que nos ocupa, y tal como surge de los informes elaborados por los organismos especializados, es fundamental prever políticas públicas de prevención y tratamiento y que estén efectivamente disponibles para quienes sufren violencia en cualquiera de sus formas. Ello, dado que no existe posibilidad de solucionar a través de una resolución judicial, una problemática social tan compleja como es la violencia doméstica. En tal sentido, es fundamental contar – como existe en la mayoría de las provincias-, con dispositivos y programas sociales eficaces, a los que pueda acudir la persona que se encuentra atravesando una situación de violencia. Es esos dispositivos y programas – que sin duda deben estar dentro del ámbito de los organismos de asistencia social y de salud-, debe contemplarse los mecanismos de apoyo y contención psicológica, como así también el tratamiento a realizar. De otro modo, cualquier normativa resulta ineficaz, ya que en estos temas, se trabaja con conductas humanas que es imposible modificar con una medida judicial, si la misma no se encuentra acompañada por los equipos y organismos que dispongan los programas provinciales que necesariamente deben estar contemplados en la normativa, y funcionando en la práctica.---------------
Por último, desde el punto de vista operativo, es indispensable considerar – en cualquiera de los proyectos que se analicen-, el impacto presupuestario que tendrá la reforma. Del mismo modo, deberá preverse ineludiblemente, los cargos y partidas presupuestarias necesarias para la puesta en funcionamiento de las leyes que se aprueben.---------------------------------
Es por las consideraciones expresadas, que este cuerpo ha resuelto remitir como aporte para el análisis de la reforma, los documentos elaborados por los organismos especializados en la materia. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Remitir a la “Comisión Especial de Reforma y Actualización de la Ley N° 2212 de prevención, erradicación y sanción de todo tipo de Violencia Familiar”, creado mediante Resolución N° 762/09, los documentos elaborados por los organismos especializados, a fin de que sean considerados al momento de evaluar cualquier reforma legislativa relacionada con la temática. 2°) Hacer saber a la Comisión referida, que cualquier reforma legislativa, deberá contemplar la previsión de los cargos y partidas presupuestarias necesarias posibilitar la puesta en funcionamiento de la normativa que se apruebe. 3°) Notifíquese, cúmplase.---------------------------------
14.- DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y ESTADÍSTICA SOBRE CUMPLIMIENTO 2DA. ETAPA – PORTAL WEB-.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que oportunamente mediante acuerdo N° 4550 Punto 8, se aprobó “la publicación en la Página Web institucional la información estadística de este Poder Judicial, de conformidad al cronograma propuesto por el Departamento de Planificación y que surge del documento que se protocoliza formando parte integrante del presente resolutorio”. Dicho cronograma, consistía en tres etapas, la primera de las cuales fue cumplida mediante Acuerdo Nº 4572, punto 4.- La segunda etapa, es la que el Departamento de Planificación ha remitido al cuerpo para su aprobación, por lo que corresponde disponer su publicación en el portal aludido. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Autorizar la publicación en el portal Web del Poder Judicial, de los datos correspondientes a la II etapa, y que fueran elaborados por el Departamento de Planificación y estadística. 2°) Cúmplase.-----------------------------
15.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE DESIGNACIÓN JUEZ DE PAZ TITULAR DEL JUZGADO DE PAZ DE TAQUIMILAN.- VISTO: Los autos caratulados “JUZGADO DE PAZ DE TAQUIMILAN S/TERNA JUEZ DE PAZ TITULAR” expte.0278/09 del registro de la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Y CONSIDERANDO. Que mediante Acuerdo N° 4473, punto XLIX, inciso 3°, se dispuso requerir al Municipio de Taquimilán la remisión de la terna para la selección del Juez de Paz Titular de dicha localidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley nro.887 y artículo N°244 de la Constitución Provincial. Que habiendo cumplimentado los postulantes, con la totalidad de los requisitos legales exigidos, corresponde elegir del candidato para cubrir el cargo vacante. Que a tal fin, previo evaluar los antecedentes y cualidades personales de los postulantes agregados al expediente arriba mencionado, como así también haber mantenido una entrevista personal con cada uno de los integrantes de la terna propuesta, ha resultado seleccionada la señora Rosa Ester Rivas, quien actualmente se desempeña como Juez de Paz Suplente de la citada localidad, en razón de considerar que es la postulante que reúne el mejor perfil para cumplir dicha función, y que actualmente ejerce en calidad de suplente. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Designar a la señora ROSA ESTER RIVAS, DNI: 21.812.302 en el cargo de JUEZ DE PAZ TITULAR DEL JUZGADO DE PAZ DE TAQUIMILAN –categoría JPT- 2°) Facultar a la Señora Presidenta a fijar fecha y hora para la toma de juramento. 3°) Requerir del Municipio de Taquimilan, la remisión de la terna para proceder a la designación del Juez de Paz Suplente de dicha localidad.- 4°) Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Tome razón la Administración.----------------------------------------
16.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE PROMOCIÓN PERSONAL DE SERVICIOS Y MAESTRANZA.- VISTO: La vacante de Auxiliar de Primera producida en el Escalafón de Servicios y Maestranza, con motivo de la baja del agente Juan Manuel Bastidas, a partir del 1 de julio de 2011. Y CONSIDERANDO Que, a los fines de proceder a la cobertura de la vacante generada, corresponde disponer la promoción de un agente que revista en la categoría inmediata inferior. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Promover a partir del 1 de agosto de 2011, a la categoría de AUXILIAR DE PRIMERA al actual Auxiliar Ayudante MATÍAS SANCHEZ.- 2°) Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales y tome razón la Administración General.-----------------------------------------------
17.-PEDRO FRANCISCO EPULLAN SOBRE ANTECEDENTES.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que conforme surge de la certificación actuarial de fojas 425 del legajo “B” del mencionado agente, de continuar usufructuando su actual licencia por enfermedad, cumplirá el 12 de agosto del 2011 con el término de dos años previsto en el artículo 15 del reglamento vigente, para el uso de la licencia por enfermedad con goce de haberes. En consecuencia, y por aplicación de la citada norma reglamentaria, a partir del día siguiente de la referida fecha, y de continuar con el goce de la misma, corresponde se disponga la percepción de medio sueldo. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) Disponer que a partir de la cero hora del 12 de agosto del 2011, y en el supuesto de continuar en uso de licencia por enfermedad, el señor PEDRO FRANCISCO EPULLAN comience con la percepción de medio sueldo.- 2º) Notifíquese y tome razón la Administración General.-----------------------
18.-DRA. MONICA GRACIELA MARTENS SOBRE LICENCIA EXTRAORDINARIA CON AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE AL EXTRANJERO. VISTO Y CONSIDERANDO. La licencia extraordinaria con goce de haberes y autorización para ausentarse al extranjero concedidas a la mencionada magistrada mediante resolución de Presidencia, por el período comprendido entre el 23 de septiembre y el 3 de Octubre del año en curso, y con encuadre normativo en los artículos n°37 y n°38 del Reglamento vigente. Que el permiso fue solicitado a fin de participar del “Seminario Internacional: Introducción al Sistema legal y judicial de los EE.UU. de Norteamérica”, a realizarse en la ciudad de Washington D.C. –E.E.U.U.-. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento.------------------------------------------
19.-DRA. VERONICA DE MARIA SANCHEZ SOBRE LICENCIA EXTRAORDINARIA CON AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE AL EXTRANJERO.-VISTO Y CONSIDERANDO: La licencia extraordinaria con goce de haberes y autorización para ausentarse al extranjero concedidas a la mencionada funcionaria mediante resolución de Presidencia, por el período comprendido entre el 23 de septiembre y el 3 de Octubre del año en curso, y con encuadre normativo en los artículos n°37 y n°38 del Reglamento vigente. Que el permiso fue solicitado a fin de participar del “Seminario Internacional: Introducción al Sistema legal y judicial de los EE.UU. de Norteamérica”, a realizarse en la ciudad de Washington D.C. –E.E.U.U.-. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento.------------------------------------------
20.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE CONCURSO INTERNO ABIERTO.- VISTO: El llamado a concurso interno cerrado, con corrimientos y traslados dispuesto por Acuerdo Nº 4713 Punto 19 inciso 4°) y Decreto 355/11, para cubrir un cargo de Oficial Mayor, con destino al Juzgado Civil, Comercial y de Minería n°4 de Neuquén, tramitado en expediente N° 0101/2011 del registro de la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Y CONSIDERANDO: Que, en atención a que no se han recepcionado inscripciones de interesados para participar en el concurso convocado, que revistan en alguna de las dos categorías inmediatas inferiores, requisito necesario para acceder al cargo concursado, por aplicación de los artículos n°5 bis, inciso b y n°17 del Reglamento de Ingreso y Ascenso, corresponde sea declarado desierto. Que de acuerdo a la misma norma reglamentaria, se ha de disponer una nueva convocatoria bajo la modalidad de concurso interno abierto. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Declarar desierto el llamado a concurso interno cerrado dispuesto por Acuerdo Nº 4713 Punto 19 inciso 4°). 2°) Llamar a concurso interno abierto sin corrimientos para cubrir un cargo de OFICIAL MAYOR con destino al Juzgado Civil, Comercial y de Minería n°4 de Neuquén. 3º) Facultar a Presidencia para integrar el Tribunal Examinador y fijar fecha de cierre de inscripción de postulantes y de realización de los exámenes. 4º) Notifíquese, cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Tome razón la Administración General.--------------------------------
Con lo que no siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando los señores magistrados por ante mí, de lo que doy fe.-----------------------------------------
















Agenda turnos equipos fiscales jul-dic 2011.doc

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