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Acuerdo



06/21/2016 10:45 AM




Tpo. Documento: Acuerdo Ordinario
Número: 5475
Fecha:
04/27/2016
Tema:
Referencia: ACUERDO ORDINARIO
Observaciones:
ACUERDO Nº 5475.- En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a 27 días del mes de abril del año dos mil dieciséis, siendo las 10.30 horas, se reúne en Acuerdo el Tribunal Superior de Justicia integrado, por el Sr. Presidente, Dr. EVALDO D. MOYA, los Señores Vocales, Dres. RICARDO T. KOHON, OSCAR MASSEI, MARIA SOLEDAD GENNARI Y ALFREDO ELOSU LARUMBE, el señor Fiscal Subrogante, Dr. PABLO VIGNAROLI, el Sr. Defensor General, Dr. RICARDO CANCELA, con la presencia de la Sra. Secretaria de Superintendencia, Dra. ISABEL VAN DER WALT, quien certifica el acto. El Sr. Fiscal General, Dr. JOSE GEREZ, se encuentra imposibilitado de asistir por encontrarse cumpliendo otros compromisos institucionales. Abierto el acto por el señor presidente, se ponen a consideración del cuerpo los siguientes puntos:--------------------------------------
1.- SECRETARÍA DE SUPERINTENDENCIA SOBRE INFORMA CUMPLIMIENTO DE ACUERDO ORDINARIO 5467 y ACUERDOS RESOLUTORIOS 5468, 5469, 5470, 5471, 5472, 5473 Y 5474.- Por secretaría se informa sobre el cumplimiento de las resoluciones de los acuerdos mencionados.- -------------
2.- PRESIDENCIA INFORMA DECRETOS Nº 191/16 al 213/16.- VISTO Y CONSIDERANDO: En este acto el señor Presidente hace saber al Cuerpo el contenido de los Decretos de referencia.- Oído lo cual, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Ratificar lo dispuesto mediante Decreto N° 191, 194, 195, 196, 198, 200, 202, 204, 205, 207, 209, 210, 211 y tomar conocimiento de lo dispuesto mediante Decretos N° 192, 193, 197, 199, 201, 203, 206, 208, 212 y 213.--------------------------------------------------
3.- DEFENSORÍA GENERAL SOBRE INFORMA RESOLUCIONES Nº 2/16, 39/15 Y 40/15.- VISTO Y CONSIDERANDO: A través de la Resolución Nº 2 de la Defensoría General se fija a partir del 31 de marzo de 2016, en la suma de pesos nueve mil cien ($ 9.100) el monto para acceder a la representación a la través de la Defensa Pública.-------
Por otra parte, mediante Resolución Nº 39/15 la Defensoría General dispone a partir del 23 de diciembre, la puesta en funcionamiento de una nueva Defensoría con competencia en materia civil en la III Circunscripción.-
Por último, mediante Resolución Nº 40/15 se dispone la integración del plantel administrativo de las Defensoría Pública Civil Nº 1 y Nº 2 ambas de la Ciudad de Zapala.-
Por ello, visto lo informado mediante las Resoluciones citadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) TOMAR CONOCIMIENTO de lo dispuesto mediante Resoluciones 02/16, 39/15 Y 40/15 cuyas copias se protocolizan formando parte integrante del presente. 2°) Cúmplase.---
4.- OFICINA JUDICIAL PENAL DE LA I CIRCUNSCRIPCIÓN SOBRE INFORMA RESOLUCIONES Nº 06/16 Y 07/16.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 6 se modifica parcialmente la Resolución Nº 36 de la Oficina Judicial, por la cual se dispuso el orden de turnos de los Jueces Penales de la I Circunscripción que actuará durante el primer semestre del año en curso.-----------------------
Que mediante la Resolución Nº 7 del organismo, la Oficina Judicial Penal resuelve proponer a la Fiscalía, que fije el plazo máximo para el cumplimiento y remisión a la Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Declaración Jurada de las Personas Condenadas o Sujetas al Régimen de Suspensión de Juicio a Prueba. Asimismo se dispone que desde el 02 de mayo de 2016, la Oficina de Seguimiento no dará trámite administrativo a los nuevos legajos que no cuenten con la Declaración Jurada Fiscal, debiendo remitir semanalmente a la Dirección de la OFIJU el detalle de las causas de referencia.-----------------
Que al respecto, el Sr. Fiscal Subrogante, Dr. Pablo Vignaroli, informa al Tribunal que la Fiscalía General dictará la resolución pertinente en el curso de la semana entrante.----------------------------------------
Por ello, visto lo informado mediante las resoluciones citadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) TOMAR CONOCIMIENTO de lo dispuesto mediante Resoluciones 06/16 y 07/16 cuyas copias se protocoliza formando parte integrante del presente. 2°) Cúmplase.------------------
5.- OFICINA JUDICIAL PENAL DE LA I CIRCUNSCRIPCIÓN INFORMA RENUNCIA.- VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante comunicación electrónica de fecha 22 de abril, el Sr. Director de la Oficina Judicial Penal de la I Circunscripción pone en conocimiento del Tribunal la renuncia de la Sra. Magistrada Dra. Ana Malvido a la Presidencia del Colegio de Jueces.----------------------
En dicho aviso se adjunta la comunicación cursada por la Magistrada, informando su renuncia la cual fue formalizada ante el pleno del Colegio de Jueces, señalando que el Dr. Martin Marcovesky continúa ejerciendo la Vice Presidencia del Cuerpo.--------------
Por ello, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1º) TOMAR CONOCIMIENTO de la renuncia de la Sra. Magistrada Dra. Ana Malvido a la Presidencia del Colegio de Jueces. 2º) Hágase saber, cúmplase.---------------------------------
6.- HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SOBRE RESOLUCIÓN Nº 321.- VISTO Y CONSIDERANDO: Viene a consideración del Tribunal la Resolución 321 de la Presidencia Honorable Legislatura de la Provincia, por la cual se determina la constitución de la Comisión Especial de Digesto de Leyes de la Provincia, creada por la Ley 2703.--------------------------------------------
Allí se dispone que dicha Comisión estará integrada por representantes de la Cámara; del Poder Ejecutivo; del Poder Judicial, de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Comahue, del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén y de la Honorable Legislatura de Neuquén.-----------------------
Es por ello, que corresponde disponer la designación de quien representará al Poder Judicial.-------------------
Por ello, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1º) DESIGNAR como miembro integrante de la Comisión Especial de Digesto de Leyes de la Provincia, creada por la Ley 2703, a la Dra. Patricia Lescano.- 2º) Notifíquese, cúmplase.-----------------------------------------------
7.- COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA V CIRCUNSCRIPCIÓN DE CHOS MALAL SOBRE SOLICITAN REUNIÓN.- VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Nota, el Colegio de Abogados y Procuradores de la V Circunscripción – Chos Malal, solicita una reunión con los integrantes del Tribunal a fin de tratar la problemática referida a la Jurisdicción.-------------------------------------------
Por tal motivo, se facultará al Sr. Presidente a los fines de coordinar una reunión con los integrantes del Colegio, con el objeto de abordar las cuestiones de interés de los solicitantes.----------------------------
Por ello, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1º) FACULTAR al Sr. Presidente a los fines de coordinar un encuentro con los integrantes del Colegio de Abogados y Procuradores de Chos Malal, por los motivos expuestos en los considerandos del presente. 2º) Hágase saber, cúmplase.-----------------------------------------------
8.- COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA V CIRCUNSCRIPCIÓN DE CHOS MALAL SOBRE SOLICITA COLABORACIÓN.- VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Nota el Colegio de Abogados y Procuradores de Chos Malal, solicita al Tribunal, a título de especial colaboración el uso de la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Chos Malal, que cuenta con servicios de Polycom a los fines de llevar adelante una capacitación coordinada con el Colegio de Abogados de Neuquén.----------------------
Fundamentan su petición en la necesidad de implementar un plan de capacitación, que se llevarán a cabo transmitiendo en tiempo real las distintas Capacitaciones que realiza el Colegio para sus matriculados, funcionarios y estudiantes de derecho.----
Señalan que, si bien no se cuenta a la fecha con un calendario establecido, refieren que el mismo será remitido a la brevedad.---------------------------------
Analizada la petición, éste Tribunal considera que no existen inconvenientes en acceder a la petición, siempre que ello no interfiera con el normal funcionamiento de la Oficina Judicial de la Jurisdicción. Asimismo el responsable de la Oficina Judicial de la Jurisdicción, ha expresado su conformidad con el pedido. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: AUTORIZAR al Colegio de Abogados y Procuradores de Chos Malal, el uso de la sala de audiencias con servicios de Polycom, de la Oficina Judicial de dicha localidad, debiendo coordinarse con el Director del organismo los pormenores del uso de dicha herramienta. 2º) Comuníquese, hágase saber, cúmplase.---
9.- COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE NEUQUÉN SOBRE SOLICITUD.- VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante nota el Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén, informa al Tribunal que en forma concordante con la modalidad de modernización del sistema de impresión y pago de la tasa de justicia implementado por el Poder Judicial, se ha hecho lo propio con la contribución al Colegio de Abogados y con el sistema de bono ley que adjuntan los matriculados a las causas judiciales.-------------------
En tal sentido informan que los modelos de boletas de contribución y bono ley que acompañan, podrán ser bajados de internet e impresos por los obligados al pago, facilitando de ese modo las diligencias a realizarse para el abono de sellados y contribuciones.—
Refieren en su nota que el objetivo final del Colegio es el pago on line, para así poder brindar mayor seguridad y agilidad al ciudadano que debe acudir a la justicia.—
No obstante ello, y por el momento, informan que coexistirán entonces dos formatos: el que se aplica en la actualidad preimpreso – bono y contribución en formulario verde por triplicado -, junto con los formatos que se completan mediante la página web del Colegio.------------------------------------------------
Atento ello, además de poner en conocimiento del Tribunal la nueva modalidad a implementarse a partir del mes de mayo de 2016, solicitan que la misma sea trasmitida a los diversos órganos judiciales.-----------
Por ello, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1º) TOMAR CONOCIMIENTO de la nueva modalidad de impresión de contribución y bono ley que implementará el Colegio de Abogados de Neuquén a partir del mes de mayo de 2016, de conformidad con los modelos que se protocolizan formando parte del presente acuerdo. 2º) DIFUNDIR a través del área de Prensa del Poder Judicial en forma interna, lo aquí resuelto. 3º) Cúmplase, hágase saber.--------------
10.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE DONACIÓN.- VISTO Y CONSIDERANDO: La Dra. Patricia Lescano, a cargo de la Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia, informa que la Dra. Alicia Martínez, ha donado tres libros. “Ley de Niños y Adolescentes: Protección Integral de derechos (cuestión civil o penal) un estudio sobre la Ley de Neuquén” – Dres. Oses Nara y Vitale Gustavo. “Manual Teórico Practico de escritura judicial” – Alvarez, Nadalini y Zanetti y “Manual de Aplicación de la Convención sobre los Decretos del Niños” – Hodgghin y Newell.-------------------------------------------------
Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) ACEPTAR la donación efectuada por la Dra. Alicia Martinez, agradeciendo la misma mediante oficio de estilo. 2°) Incorpórese en el inventario de la Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia. 3º) Cúmplase por la Secretaría de Superintendencia.---------
11.- REGISTRO UNICO DE ADOPCIÓN SOBRE SOLICITUD.- VISTO Y CONSIDERANDO: La Sra. Directora del Registro Único de Adopción, Dra. Gisela Maxwell, solicita el reemplazo de la Dra. Mónica Amicone en el cuerpo de consejeros del RUA, atento su licencia prologada.----------------------
Analizada la petición corresponde designar al funcionario que reemplazará a la Dra. Mónica Amicone en el Cuerpo de Consejeros del Registro Único de Adopción, previsto en el art. 21 de la Ley Provincial N° 2561.----
Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) DESIGNAR a la Dra. Marcela Robeda, como consejera titular en reemplazo de la Dra. Mónica Amicone y a la Dra. Silvia Elizabeth Acevedo como consejera suplente del Cuerpo de Consejeros del Registro Único de Adopción previsto en el art. 21 de la Ley Provincial N° 2561.- 2º) Notifíquese, cúmplase, hágase saber.----------------
12.- JUZGADO CIVIL N° 5 SOBRE SOLICITA PRÓRROGA EN EL DICTADO DE SENTENCIAS.- VISTO Y CONSIDERANDO: Lo solicitado por la titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 5 de ésta Ciudad, Dra. Ana Virginia Mendos, mediante nota de fecha 22 de abril de 2016, en relación a que se le conceda prórroga para el dictado de las sentencias de las causas que se detallan en el informe que acompaña.-----------------------------------
Funda su pedido en la cantidad de expedientes que entraron a sentencia como consecuencia de la aceleración de los trámites, ocasionada por la modificación de trabajo, lo que provoca que ingresen en menor tiempo los expedientes para el dictado de la sentencia definitiva.-
Que resultando atendibles los fundamentos expuestos por la magistrada, corresponde hacer lugar a lo solicitado.-
Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) CONCEDER a la Dra. Ana Virginia Mendos, 60 (sesenta) días de prórroga a partir de la notificación del presente, para el dictado de las sentencias aludidas en la comunicación electrónica de fecha 22 de abril de 2016. 2º) Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Superintendencia.---------------------------------------
13.- SECRETARÍA DE BIBILIOTECA Y JURISPRUDENCIA SOBRE INVITACIÓN.- VISTO Y CONSIDERANDO: La Dra. Patricia Lescano, responsable de la Secretaria de Biblioteca y Jurisprudencia, informa al Tribunal que el 30 de marzo pasado, fue invitada a participar de una reunión llevada a cabo por el COPADE – Secretaria de Planificación y Acción para el Desarrollo –-----------------------------
En ellas se plantearon las dificultades que se presentan al momento de buscar información sobre la Provincia, y la ausencia de un espacio único centralizado que reúna, conserve y promocione el patrimonio documental que se encuentra diseminado en las diferentes unidades de información provinciales.-------------------------------
Como respuesta a esa necesidad se propuso la creación del Repositorio Digital del Patrimonio Documental y Bibliográfico del Gobierno de la Provincia de Neuquén de la Provincia de Neuquén.--------------------------------
En tal sentido, dicho Repositorio centralizaría en una sola herramienta de información el acervo documental y bibliográfico de las unidades de información participantes, quienes continuarían siendo los responsables de la administración y resguardo de su información, compartiéndolo en un sitio único.----------
Atento ello, solicita se la autorice a participar del proyecto, representando al Poder Judicial a los fines de realizar los aportes pertinentes, dejando aclarando que su participación no afectará el normal funcionamiento de la Secretaria.------------------------------------------
Por ello, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1º) TENER PRESENTE el informe remitido por la Sra. Secretaria de Biblioteca y Jurisprudencia, Dra. Patricia Lescano. 2º) AUTORIZAR a la nombrada a participar del proyecto de creación del Repositorio Digital del Patrimonio Documental y Bibliográfico del Gobierno de la Provincia de Neuquén de la Provincia de Neuquén, llevado adelante por el COPADE – Secretaria de Planificación y Acción para el Desarrollo.- 3º) Cúmplase, hágase saber.--------
14.- REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE SOBRE APROBACIÓN DE FORMULARIOS.- VISTO Y CONSIDERANDO: El Sr. Subdirector General del Registro de la Propiedad Inmueble remite al Tribunal, a los fines de aprobar con uso obligatorio a partir del 01 de mayo del corriente año, los formularios “AG” Autorización para Retiro de Trámites en General por Mesa de Salidas; “AU” Autorización para Retiro de Único Trámite por Mesa de Salidas; “FS” Solicitud de Fotocopia Simple de Matrícula; “FU” Solicitud de Fotocopia Urgente de Matrícula; “P” Solicitud de Prórroga de Inscripción Provisional; “T” Informe de Titularidad; “V” Solicitud de Vista de Tomo y Folio.-------------------------------
Fundamenta, su pedido en la necesidad de que los profesionales y usuarios en general expresen el acto de rogación de manera correcta, completando los datos necesarios para poder proveer sus requerimientos, evitando de esta forma el rechazo de los trámites por ausencia de los mismos.---------------------------------
Advierte además, la necesidad de que dichos formularios tengan el carácter de cumplimiento obligatorio, ya que de conformidad con el Principio Registral de Rogación, consagrado en el art. 6 Ley 17.801, el Registro no pueda actuar de oficio sino que lo deba hacer a petición de parte o a requerimiento de autoridad judicial o administrativa.-Atento ello, y luego de un intercambio de opiniones, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1º) APROBAR el uso obligatorio a partir del 01 de mayo del 2016, de los formularios remitidos por el Registro de la Propiedad Inmueble, que como anexo se protocolizan formando parte del presente acuerdo. 2º) DISPONER que a través de la Dirección de Informática se pongan disponibles en la Página Web del Poder Judicial. 3º) DESE amplia difusión a través del área de Prensa, comuníquese al Colegio de Abogados, de Escribano y Martilleros. 4º) Notifíquese, hágase saber, cúmplase.---
15.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE PROMOCIÓN PERSONAL.- VISTO: el llamado a concurso interno cerrado, con corrimientos y traslados, dispuesto mediante Acuerdo N° 5349, Punto 11 para cubrir un cargo de Oficial, con destino al Juzgado N° 2 Civil, Comercial, Especial de Procesos Ejecutivos, Laboral y de Minería de la II Circunscripción Judicial, Y CONSIDERANDO: El resultado del que da cuenta el acta elevada por el Tribunal examinador, tramitado en expediente N° 0278/15 del registro de la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) PROMOVER a partir del 15 de abril del año en curso, a la categoría de OFICIAL, al actual Oficial Auxiliar MALDONADO, GUSTAVO JAVIER, y a la categoría de OFICIAL AUXILIAR, a la actual Escribiente OCHOA, MARIA EUGENIA. 2º) CONVERTIR la categoría vacante de la agente promovida OCHOA, MARIA EUGENIA en una categoría de Auxiliar. 3°) FACULTAR al Sr. Presidente a proceder a la designación de un Auxiliar Administrativo –categoría JHA-, con informe de aptitud favorable, con destino al Juzgado N° 2 Civil, Comercial, Especial de Procesos Ejecutivos, Laboral y de Minería de la II Circunscripción Judicial. 4°) Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.-
16.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE PROMOCIÓN PERSONAL DE SERVICIOS Y MAESTRANZA.- VISTO: Las vacantes de Auxiliar Superior y Auxiliar Principal producidas en el Escalafón de Servicios y Maestranza, con motivo de la renuncia de la agente Norma Álvarez para acogerse a los beneficios jubilatorios, conforme lo dispuesto mediante Acuerdo N° 5442, Punto 21 y, la designación del agente Miguel Ángel Giménez en el cargo de Escribiente Mayor de la Planta del Personal Administrativo, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 145/16, inc. 2); Y CONSIDERANDO: Que se procederá a la promoción del personal. Para ello, tal como tiene establecido éste Cuerpo (conf. Acuerdos Nros. 5255, Punto 27 y 5268, Punto 17), los parámetros objetivos utilizados para realizar dichas promociones son los siguientes: Fecha de antigüedad en el cargo: es decir se considera en primer lugar, cuál de los empleados del agrupamiento hace más tiempo que no asciende de categoría. Fecha de ingreso al Poder Judicial: para el caso de que dos o más empleados tengan la misma fecha de promoción en la categoría, se considera como prioritario el ascenso del agente más antiguo en el Poder Judicial. Por otro lado, el personal no debe registrar sanciones durante el transcurso del último año. Asimismo, a los fines de que la totalidad del personal cuente con la información correspondiente, se protocolizará como parte integrante del presente resolutorio, el listado con la información tenida en cuenta para la elaboración del presente punto. Por ello, y de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Promover a partir del 4 de abril del presente año, a la categoría de AUXILIAR SUPERIOR al actual Auxiliar Mayor Héctor Julio REALE, con fecha de último ascenso el 01 de julio de 2013; a la categoría de AUXILIAR MAYOR al actual Auxiliar Principal María Angelina CANALES, con fecha de último ascenso el 1 de julio de 2013; a la categoría de AUXILIAR PRINCIPAL a los actuales Auxiliares de Servicios Christian Gastón FERNANDEZ, con fecha de último ascenso el 9 de octubre de 2013 y (... Revocado DC.N° 231/16); a la categoría de AUXILIARES DE SERVICIOS a los actuales Auxiliares de Primera José Ariel CERDA, con fecha de último ascenso el 1 de julio de 2008 y Gisella Claudina BERTONE, con fecha de último ascenso el 25 de febrero de 2009; a la categoría de AUXILIARES DE PRIMERA a los actuales Auxiliares Ayudante Claudia Andrea PETRY, con fecha de último ascenso el 23 de agosto de 2015 y Deissy Natali FLORES, con fecha de último ascenso el 9 de septiembre de 2015.2°) Convertir las categorías vacantes de Auxiliar Ayudante en dos categorías de Ayudante –JHS- del Escalafón de Servicios y Maestranza. 3°) Facultar al señor Presidente -cuando las razones de servicio así lo ameriten- para proceder a la designación de dos Ayudantes –JHS- para que cumplan funciones en las áreas que resulte necesario. 4°) Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales y tome razón la Administración General.-------------------
17.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE LLAMADO A CONCURSO EXTERNO .- VISTO: Que mediante Acuerdo N°5454 de fecha 5 de abril de 2016, se dispuso la cesantía de la funcionaria RODRÍGUEZ BAROZZI IRIS ADRIANA, la cual se efectivizo el 11 de abril de 2016, Y CONSIDERANDO: la solicitud de la titular del Juzgado de Familia y Minería de la ciudad de Cutral Co, respecto a la cobertura de la vacante que dicha cesantía ocasiona, corresponde disponer el llamado a concurso externo de Oposición y Antecedente, para cubrir el cargo de Prosecretario – Categoría MF-7, con destino al mencionado Juzgado. Por ello, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1°) Llamar a concurso Externo de Oposición y Antecedentes para cubrir el cargo de Prosecretario – Categoría MF-7 , con destino al Juzgado de Primera Instancia de Familia, Niñez y Adolescencia de la II Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la Ciudad de Cutral-Có. 2°) FACULTAR a Presidencia para integrar la Mesa Examinadora y fijar fecha y horario para la realización de los exámenes correspondientes. 3°) Hacer saber a todos los postulantes, que la totalidad de las notificaciones a partir de la publicación del Llamado a Concurso, se realizarán a través de la página web del Poder Judicial – link concursos externos-, circunstancia que el postulante acepta –así como todo el proceso de selección, y que los requisitos publicados en la página web, deberán ser cumplidos a la fecha de cierre de la inscripción y que quienes no acompañen la totalidad de la documentación requerida, no quedarán inscriptos y en condiciones de rendir el examen bajo su exclusiva responsabilidad. 4°) Notifíquese, cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.----
18.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE PROMOCIÓN DE PERSONAL – CONCURSO DE VACANTE-.- - VISTO: El llamado a concurso interno abierto, dispuesto mediante Acuerdo N° 5371 Punto 15, para cubrir el cargo de Oficial Auxiliar, con destino a la Unidad Fiscal de Delitos Violentos contra las Personas de la I Circunscripción Judicial. Y CONSIDERANDO: el resultado del llamado a concurso citado en el visto, tramitado en expediente 0295-15 del registro de la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales, del que da cuenta el acta elevada por el Tribunal Examinador. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) PROMOVER a partir de la fecha del presente, a la categoría de OFICIAL AUXILIAR al actual Escribiente MOLINA Miguel Angel 2°) CONVERTIR la categoría vacante del agente promovido precedentemente, en una categoría de Auxiliar Administrativo -categoría JHA-. 3°) FACULTAR al señor Presidente a proceder a la designación de un Auxiliar Administrativo -categoría JHA-, con informe de aptitud preocupacional favorable, con destino a la Unidad Fiscal de Delitos Violentos contra las Personas de la I Circunscripción Judicial.4°) Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.--------------------------
19.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE SOLICITUD LLAMADO A CONCURSO INTERNO CERRADO - OFICIAL NOTIFICADOR PENAL PARA LA III CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL.- VISTO: La solicitud de la Directora de la Oficina Judicial Penal de la III Circunscripción Judicial, respecto de la necesidad de designar un Oficial Notificador con afectación exclusiva al Fuero Penal, específicamente a la Oficina Judicial.------------------------------------
Que en virtud de la implementación de la Reforma Procesal Penal a partir del año 2014, las modificaciones establecidas respecto de la desformalización de las notificaciones, y el uso de la policía como último recurso (art. 94 NCPP), se solicitó como medida alternativa y a fin de paliar temporariamente la situación, la autorización del trabajo a contraturno para practicar las diligencias en horario vespertino.---
Que mediante Acuerdo N° 5258, Punto 22, de fecha 22 de abril del año 2015, la Comisión de Seguimiento Penal planteó en aquél momento, la necesidad de evaluar los casos en que sea necesario que Oficiales Notificadores presten servicios en forma permanente en el ámbito de la Oficina Judicial, a fin de atender las notificaciones del fuero penal. Y CONSIDERANDO: que en virtud de lo solicitado y las razones de servicio imperantes; resulta pertinente llamar a concurso interno cerrado sin corrimientos y con traslados para cubrir un cargo de Oficial Notificador – JEFE DE DESPACHO - con destino a la Oficina Judicial Penal de la III Circunscripción Judicial.-----------------------------------------------
Que a los fines de la cobertura del cargo que se concursa, se podrán presentar la totalidad de los empleados de la III Circunscripción Judicial que ostenten las categorías de Oficial Mayor y Oficial Principal y cumplimenten con los requisitos dispuestos en el art. 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.----
En virtud de lo expuesto, SE RESUELVE: 1°) LLAMAR A CONCURSO INTERNO CERRADO, sin corrimientos y con traslados para cubrir un cargo de Jefe de Despacho – Oficial Notificador (JAA), con afectación y dependencia de la Oficina Judicial Penal de la III Circunscripción Judicial, advirtiendo en el mencionado llamado, que debido a la modalidad del llamado, sólo podrán presentarse a concursar quienes revistan la categoría de Oficial Mayor y Oficial Principal y cumplimenten con los requisitos dispuestos en el art. 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 2°) Facultar a la Sra. Secretaria Subrogante de Gestión Humana y Programas Especiales para la integración del Tribunal Examinador y fijar fechas del cierre de inscripción de postulantes y de realización de los exámenes del concurso convocado precedentemente. 3°) Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Tome razón la Administración General.-------------------
20.- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE CONCURSO INTERNO ANÁLISIS DE PLANTA.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que a partir de lo resuelto por Acuerdos N° 5061 -puntos 14 a 17- y N° 5065 –puntos 19 a 22 se diseñó un plan de trabajo consistente en la mejora de la distribución de las plantas de personal de los organismos del Poder Judicial, con el objeto de posibilitar la movilidad dentro de la carrera judicial de los empleados de este Poder del Estado.--------------
Ello, excluyendo el cargo de Prosecretario Administrativo, dado que el mismo se reserva para los casos en los que el Tribunal disponga un perfil de descripción de puesto con asignación de responsabilidades específicas, dado que se trata de la máxima categoría del escalafón.------------------------
Que uno de los aspectos que se tienen en cuenta para esta modalidad de concurso interno, es el tiempo transcurrido en que el personal no ha tenido oportunidad de concursar.-------------------------------------------
Que en virtud del estudio realizado sobre la conformación de la nómina de personal administrativo de la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia, resulta necesario disponer el llamado a concurso interno cerrado que permita el ascenso del personal que allí se desempeña.----------------------------------------------
En tal sentido, cabe resaltar que dicha convocatoria tiene el objetivo de producir una mejora en la distribución escalafonaria de la planta, sin importar un incremento de la misma.---------------------------------
Se deja constancia que en caso que el empleado de mayor jerarquía no se presente o desapruebe o que en los corrimientos se produjera una interrupción, la categoría se convierte en la inmediata superior a la que ostenta el agente que accede a la misma.------------------------
Que en función de lo expuesto, corresponde realizar la convocatoria para cubrir un cargo de Jefe de Despacho con destino a la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Llamar a concurso interno cerrado, con corrimientos y sin traslados, para cubrir un cargo de Jefe de Despacho con destino a la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia. 2°) Disponer que, en caso de resultar procedente a fin de no interrumpir la promoción de los concursantes, se efectúen las reconversiones de categorías pertinentes para la continuidad del corrimiento, debiendo serlo en la inmediata superior, según corresponda. 3°) Facultar a la Sra. Secretaria Subrogante de Gestión Humana y Programas Especiales para integrar la Mesa Examinadora, fijar las fechas de cierre de inscripción y examen del concurso convocado precedentemente. 4°) A los fines dispuestos en los apartados precedentes, disponer que oportunamente sean reconvertidas las categorías de los postulantes que accedan a las mismas, a las resultas del trámite de los concursos internos. 5°) Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Tome razón la Administración General.-------
21.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE LLAMADO A CONCURSO PARA EL CARGO DE PROSECRETARIO DE LA SECRETARÍA DE APREMIOS.- VISTO Y CONSIDERANDO: La Sra. Secretaria de la Secretaria de Apremios, Dra. Daniela Yacante, solicita al Tribunal contemple la posibilidad de disponer el llamado a concurso para prosecretario del organismo, dado que desde su puesta en funcionamiento no cuenta con ningún funcionario que la subrogue.----------
Que además de la necesidad de contar con un funcionario Subrogante, se advierte que el volumen de expedientes ingresados en la Secretaria de Apremios Digital, duplica la cantidad de apremios ingresados en los tres Juzgados en el mismo periodo. Ello, justifica la cobertura de dicha tarea.--------------------------------------------
Analizada la petición y resultando atendible el pedido, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) LLAMAR A CONCURSO EXTERNO de oposición y antecedentes para cubrir un cargo de PROSECRETARIO - CATEGORÍA MF-7 con destino a la SECRETARÍA DE APREMIOS, del fuero ejecutivo. 2°) FACULTAR a Presidencia para integrar la Mesa Examinadora, fijar día y hora de la evaluación correspondiente. 3°) Hacer saber a todos los postulantes, que la totalidad de las notificaciones a partir de la publicación del Llamado a Concurso, se realizarán a través de la página web del Poder Judicial – link concursos externos-, circunstancia que el postulante acepta –así como todo el proceso de selección-. 4°) Hacer saber que los requisitos publicados en la página web, deberán ser cumplidos a la fecha de cierre de la inscripción y que quienes no acompañen la totalidad de la documentación requerida, no quedarán inscriptos y en condiciones de rendir el examen bajo su exclusiva responsabilidad. 5°) Facultar a la Administración general a realizar la reubicación de la categoría presupuestaria correspondiente. Notifíquese, cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.---------------------------------------------
22.- JUZGADO CIVIL Nº 1 – DRA. GRACIELA BLANCO SOBRE SOLICITA DESIGNACIÓN DE PROSECRETARIO.- VISTO Y CONSIDERANDO: Viene a consideración del Tribunal el pedido efectuado por la titular del Juzgado Civil Nº 1 de la Ciudad de Cutral Co, Dra. Graciela Blanco, solicitando la afectación con carácter definitivo del Dr. Marcos Agustín Recupero, a su Juzgado. -------------
Que dicho funcionario - perteneciente al Cuerpo Móvil Auxiliar de Agentes y Funcionarios, para los organismos del fuero civil de la II Circunscripción Judicial - se encuentra afectado al organismo, en forma transitoria. –
Debe destacarse que el Juzgado en cuestión, no cuenta con funcionarios en su planta de personal que se encuentra trabajando, dado que la Sra. Secretaria del Juzgado, Milva Nicoletti, única funcionaria con la que cuenta, se encuentra de licencia prolongada desde hace largo tiempo.-------------------------------------------
Que a partir de la asunción de Jurisdicción por parte del Juzgado de Familia, el Juzgado Civil Nº 1 estuvo funcionando sin contar con el plantel propio de funcionarios mientras que el Juzgado Civil Nº 2, cuenta con Secretario y dos Prosecretarios. Que teniendo en cuenta el volumen de distribución de causas, resulta atendible completar la planta de funcionarios del Juzgado Civil Nº 1, para lo cual se hará lugar al pedido realizado respecto del DR. Recupero y por otro lado, deberá disponerse el pertinente llamado a concurso, con el objeto de completar el plantel de funcionarios.------
Por tanto, por las razones expuestas, éste Tribunal considera atendibles los fundamentos expuestos por la Sra. Magistrada en respaldo de su pedido, por lo que de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1°) AFECTAR en forma definitiva al Sr. Prosecretario letrado, Dr. Marcos Agustín Recupero – categoría MF 7 - al Juzgado Civil N° 1 de la Ciudad de Cutral Co. 2º) LLAMAR a concurso externo de oposición y antecedentes para cubrir un (1) cargo de Prosecretario – categoría MF 7 - con destino al Cuerpo Móvil, para ser afectado a organismos de la II Circunscripción. 3°) FACULTAR a Presidencia para integrar la Mesa Examinadora y fijar día y hora de la evaluación correspondiente. 4º) DISPONER que para el caso de generarse una vacante en el fuero, por acceder al cargo un funcionario del mismo, el postulante que quede el segundo lugar en el orden de mérito, podrá ocupar la vacante que se produzca. Ello, siempre que exista conformidad de parte del titular del organismo. 5º) Notifíquese. Tome razón la Administración General. Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.---------------------------------------------
23.- DEFENSORÍA GENERAL SOBRE INFORME N° 03/2016 – ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN PENAL.- VISTO Y CONSIDERANDO: El informe Nº 3/2016 de la Defensoría General denominado “Organización del Servicio de Gestión Penal” remitido por el Sr. Defensor General. ----------
Que el mismo se elaboró en virtud de los lineamientos vertidos por la Defensoría General, atento la necesidad de formalizar la organización del Servicio de Gestión Penal, considerando los nuevos paradigmas de la Defensa Pública, así como la nueva normativa en materia Penal.
Que en tal sentido, es dable destacar que han operado fuertes cambios en el modo en que los Defensores Públicos venían ejerciendo su rol, en virtud de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén, así como la aprobación de la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa y la nueva estructura adoptada por este último.--------------------
Ello les ha impuesto una participación mas activa en todo el proceso penal, dejando de lado todo resabio formal de procedimientos anteriores.--------------------
De este modo el Servicio de Gestión Penal fue creado y puesto en marcha en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa mediante resoluciones del Sr. Defensor General N° 10 y 11 del año 2014.------------------------
Desde entonces que este organismo cumple funciones con estructuras de transición y atendiendo dos responsabilidades principales como son: el apoyo operativo a las Unidades o Equipos Operativos en la elaboración de una teoría del caso propia y en la producción de prueba que apoye la misma y por otro lado el soporte administrativo de las Unidades o Equipos en materia de comunicaciones, notificaciones y agendamiento de la totalidad de audiencias con intervención de la Defensa Penal pública.----------------------------------
Además, cabe mencionar que desde entonces se ha avanzado parcialmente en formalizar exclusivamente los cargos de “Responsable del SGP” -categoría MF6-, habiendo prestado juramento recientemente los responsables de los servicios de Gestión Penal de la II, III, IV y V circunscripción judicial (Ac. 5296, p. 13,Ac. 5431, p.28). -------------------------------------------------
En tal contexto, habiendo transcurrido dos años de implementación del nuevo Código y contando con experiencia y aprendizajes nuevos, deviene necesario completar la estructura orgánica del Servicio que nos ocupa.-------------------------------------------------
Así, el informe tiene como objetivo identificar y analizar normativa de aplicación, incluyendo misión y funciones establecidas para el SGP; establecer estructura orgánica adecuada para el cumplimiento del propósito y establecer plan de implementación de la organización propuesta para el Servicio mencionado.-----
Luego hace un detalle de la situación actual de la organización y funciones, como así también define como usuarios o beneficiarios del Servicio de Gestión Penal en forma directa a unidades o equipos operativos de la defensa pública penal – Oficinas Judiciales- e indirectos que son los usuarios de la defensa pública penal.--------------------------------------------------
Por otro lado analiza las interrelaciones frecuentes clasificándolas en internas y externas. La primera de ellas hace mención a la Secretaría Penal de la Defensoría General, Unidades y Equipos Operativos de Defensa Pública Penal, Defensoría Penal del Niño y el Adolescente, Defensorías Civiles, Oficinas Judiciales y Ministerio Público Fiscal. En el segundo caso señala a los usuarios de las Unidades o Equipos Operativos de la Defensa Pública Penal, testigos, Servicios Públicos como Policía, Hospital y Empresas de Servicios como de telefonía.----------------------------------------------
Detalla la planta de personal con la que actualmente cuenta con las funciones que se prestan –con dicho personal- desde el Servicio.----------------------------
Finalmente ilustra la organización y estructura que se propone, indicando que se mantenga la dependencia en la Secretaría Penal de la Defensoría General con alcance de servicio a las Unidades o Equipos Operativos de toda la Provincia. ---------------------------------------------
Para luego detallar la estructura de personal propuesta:
- un coordinador provincial del Servicio de Gestión Penal con asiento de funciones en Neuquén, quien deberá organizar y supervisar la prestación del servicio en las cinco circunscripciones judiciales, adjuntando el perfil de puesto que se sugiere. ------------------------------
- subcoordinador que asista al coordinador en el logro del propósito del mismo, brindando apoyo técnico operativo de investigación a la defensa pública Penal, debiendo ejercer además la jefatura del servicio de la I Circunscripción. ---------------------------------------
- Responsable de SGP por Circunscripción: cada circunscripción judicial contará con un equipo que estará a cargo de un/a Responsable, quien ejecutará personalmente y coordinará la ejecución de tareas de soporte operativo (investigación y producción de prueba) y administrativo de su ámbito territorial concerniente, cuya descripción de puesto se encuentra aprobada por Acuerdo 5296, p. 13.------------------------------------
- Funcionario de SGP: cuya tarea será brindar personalmente apoyo técnico operativo de investigación a la Defensa Pública Penal; colaborar en la coordinación administrativa que realiza el SGP; en atención a la demanda de servicio y conforme le sea requerido, pudiéndose desplazar eventualmente a una circunscripción ajena a la de asignación de funciones habitual.---------
- Equipos SGP: se conformarán con funcionarios y personal administrativo, conforme lo requiera el servicio en cada localidad.-----------------------------
Así las cosas, partiendo de la crucial modificación cualitativa en la forma en que los Defensores Públicos venían ejerciendo su rol, dada la necesidad de atender tanto cuestiones administrativas como fundamentalmente investigativas para la obtención de medios probatorios propios que sustenten la estrategia defensista, y valorando que tal función se encomienda al Servicio de Gestión Penal, se propone formalizar la estructura orgánica del mentado organismo con alcance provincial, cuyo servicio será prestado de manera concreta y sostenida en las ciudades cabecera de las cinco circunscripciones judiciales.---------------------------
De este modo, se prevé optimizar recursos y lograr una mejora en la prestación del servicio interno del SGP a las Unidades o Equipos Operativos, y de éstas/os a los usuarios de la Defensa Pública Penal.-------------------
Asimismo, es dable destacar que el impacto presupuestario de la estructura propuesta para el SGP será ser absorbido con recursos del MPD, especialmente al considerar el costo de la actual planta de transición sumado a la previsión presupuestaria. A ello debe sumarse que gran parte de la propuesta –si es que no toda-, será cubierta por quienes actualmente se desempeñan en el ámbito de la Defensa Pública, y no importa un incremento de la Planta al menos por el momento. Asimismo, la categoría máxima prevista en esta propuesta, se trata de una categoría MF4, es decir que tampoco involucra una desmesura en el análisis realizado para las funciones asignadas.---------------------------
En función de lo expuesto y a fin de avanzar en la reorganización que se propone, resulta conveniente facultar al Sr. Presidente para disponer las medidas tendientes a la implementación de la propuesta que éste cuerpo por medio del presente resolutorio incorpora protocolizando el informe presentado. Ello, dada las diferentes modalidades propuestas para cada caso.-------
En virtud de lo informado, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) TOMAR CONOCIMIENTO de la organización del Servicio de Gestión Penal propuesta en el Informe N° 03/2016 de la Defensoría General, cuya copia se protocoliza 2°) FACULTAR al Sr. Presidente a disponer lo pertinente a fin de llevar a cabo implementación de la modificación la propuesta. 3°) Notifíquese, cúmplase.---
24.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE LLAMADOS A CONCURSOS EXTERNOS.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo N° 5269, punto 13 se aprobó la reorganización del fuero de familia en su primera etapa. --------------
Que la misma contempló la creación de las oficinas de Gestión Rápida, de Capacidad Jurídica y de Recursos de las cuales las dos primeras efectivamente se implementaron.------------------------------------------
Que ambas oficinas se encuentran bajo la responsabilidad de dos prosecretarias letradas que prestaban funciones en los Juzgados de Familia N° 3 y 4.--------------------
Que a los fines de no resentir la labor brindada por los organismos jurisdiccionales aludidos – toda vez que aun no se ha instrumentado en forma completa la OFIJU del fuero de familia, resultando necesario disponer la cobertura de dichos cargos, teniendo presente que la labor de los Juzgados no se ha visto disminuida, y resulta fundamental contar con la planta de funcionarios completa.-----------------------------------------------
En virtud de ello, es que se dispondrá el llamado a concurso externo de oposición y antecedentes para cubrir dos cargos de prosecretario letrado –categoría MF7- con destino al Juzgado de Familia N° 3 y N° 4 de la I Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Neuquén.--------------------------------------
Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) LLAMAR A CONCURSO EXTERNO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES para cubrir dos (2) cargos de prosecretario –categoría MF7- con destino a los Juzgados de Familia N° 3 y N° 4 de la I Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Neuquén. 2º) Facultar a Presidencia para integrar la Mesa Examinadora, fijar día y hora de la evaluación correspondiente. 3°) Hacer saber a todos los postulantes, que la totalidad de las notificaciones a partir de la publicación del Llamado a Concurso, se realizarán a través de la página web del Poder Judicial –link concursos externos-, circunstancia que el postulante acepta –así como todo el proceso de selección-. 4°) Hacer saber que los requisitos publicados en la página web, deberán ser cumplidos a la fecha de cierre de la inscripción y que quienes no acompañen la totalidad de la documentación requerida, no quedarán inscriptos y en condiciones de rendir el examen bajo su exclusiva responsabilidad. 5°) Notifíquese, cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.--------------------------------------Con lo que no siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando los señores magistrados por ante mí, de lo que doy fe. –----------------------------------------------


AG Autorización general de tramites .pdfAG Autorización general de tramites .pdfAU - Autorización unica de tramites .pdfAU - Autorización unica de tramites .pdfFORMULARIO COLEGIO DE ABOGADOS 001.jpgFORMULARIO COLEGIO DE ABOGADOS 001.jpgFORMULARIO COLEGIO DE ABOGADOS 002.jpgFORMULARIO COLEGIO DE ABOGADOS 002.jpgFS Fotocopia simple de matricula.pdfFS Fotocopia simple de matricula.pdfFT Informe de titularidad.pdfFT Informe de titularidad.pdfFU Fotocopia urgente de matricula.pdfFU Fotocopia urgente de matricula.pdfInformeServicioGestionPenal_V.FINAL_20160421.pdfInformeServicioGestionPenal_V.FINAL_20160421.pdfP Prorroga Inscripcion provisional.pdfP Prorroga Inscripcion provisional.pdfRes. 02 2016_firmado.pdfRes. 02 2016_firmado.pdfRes. 39 Creacion Def. Civ. Zpla_firmado.pdfRes. 39 Creacion Def. Civ. Zpla_firmado.pdfRes. 40 Def. Civ_firmado.pdfRes. 40 Def. Civ_firmado.pdfRESOLUCIÓN OFIJU NQN - 06 - CAMBIO TURNO JUECES MARCOVESSKY - MUÑOZ.pdfRESOLUCIÓN OFIJU NQN - 06 - CAMBIO TURNO JUECES MARCOVESSKY - MUÑOZ.pdfRESOLUCIÓN OFIJU NQN - 07 - DECLARACIÓN JURADA EJECUCIÓN PENAL.pdfRESOLUCIÓN OFIJU NQN - 07 - DECLARACIÓN JURADA EJECUCIÓN PENAL.pdf