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Acuerdo



11/12/2009 02:14 PM




Tpo. Documento: Acuerdo Ordinario
Número: 4462
Fecha:
11/11/2009
Tema:
Referencia: ACUERDO ORDINARIO
Observaciones: Publicado jueves 12 de noviembre de 2009- a las 14 hs.
4462

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ACUERDO Nº 4462.- En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los 11 días del mes de noviembre del año dos mil nueve, siendo las 10.30 horas, se reúne en Acuerdo el Tribunal Superior de Justicia integrado, con la Presidencia del Dr. OSCAR E. MASSEI, y los señores Vocales Dr. RICARDO KOHON, Dr. EDUARDO F. CÍA, ANTONIO G. LABATE y LELIA GRACIELA MARTINEZ de CORVALÁN, el señor Fiscal Subrogante, Dr. ALEJANDRO T. GAVERNET. Se encuentra en comisión, el Dr. ALBERTO M. TRIBUG. Con la presencia de la señora Secretaria de Superintendencia Dra. ISABEL VAN DER WALT.------------------------------------------
Abierto el acto por el señor presidente, se ponen a consideración del cuerpo los siguientes puntos:--------
I.- SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA SOBRE CUMPLIMIENTO ACUERDO Nº 4461.- Por secretaría se informa sobre el cumplimiento de las resoluciones del acuerdo mencionado.--------------------------------------------
II.-PRESIDENCIA SOBRE DECRETOS NROS. 587/599.- En este acto el señor Presidente hace saber al Cuerpo el contenido de los Decretos de referencia.- Oído lo cual, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: Ratificar lo dispuesto mediante Decretos Nº: 587, 592, 593, 595, 597, 599 y tomar conocimiento de lo dispuesto mediante Decretos: 588, 589, 590, 591, 594, 596, 598.-----------
III.-ADMINISTRACION GENERAL SOBRE LLAMADO A LICITACION PRIVADA “CONTRATACION SEGURO DEL PARQUE AUTOMOTOR DEL PODER JUDICIAL”.- VISTO: El expediente N° 15661/09 del Registro de la Administración General, la Ley N° 2141 y su Decreto Reglamentario, el Decreto N° 1871/04 del Poder Ejecutivo Provincial, Acuerdo N° 4423, Punto III; y CONSIDERANDO: Lo informado por el Sr. Administrador General y la necesidad de efectuar el llamado a licitación de conformidad a lo normado por el artículo 63 de la Ley Nº 2141. Que el monto estimado para la contratación asciende a la suma de pesos noventa y siete mil seiscientos veinticuatro con ochenta y cuatro centavos ($ 97.624,84). Que el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares elaborado por el Departamento Contrataciones obrante de fs. 30 a 36 se ajusta a la normativa que rige los procedimientos de selección del contratista. Que conforme consta a fs 38, ha tomado intervención el Departamento de Contaduría y Presupuesto efectuando la correspondiente reserva presupuestaria en los términos del artículo 20 de la Ley de Administración Financiera y Control, verificándose el extremo del artículo 14 de dicho plexo normativo. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 2758/95, sus modificaciones y lo resuelto mediante Acuerdo Nº 4423, Punto III, este Alto Cuerpo resulta ser el órgano competente para autorizar la presente contratación. Por ello de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Autorizar el llamado a Licitación Privada para la “Contratación de Seguro del Parque Automotor del Poder Judicial”, con un presupuesto oficial de pesos noventa y siete mil seiscientos veinticuatro con ochenta y cuatro centavos ($ 97.624,84).- 2º) Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por el Departamento Contrataciones de la Administración General obrante de fs. 30 a 36.- 3º) Facultar al señor Administrador General a fijar el cronograma de fechas, designar a los integrantes de la Comisión de Preadjudicación y, en su caso, a reemplazantes.- 4º). Tome conocimiento Administración General. Cúmplase. ---------------------
IV.- DRA. GRACIELA CORVALAN SOBRE INFORME REUNION C.S.J.N. OFICINA DE VIOLENCIA DOMESTICA.- VISTO Y CONSIDERANDO: El informe efectuado por la Dra. Lelia Graciela Martínez de Corvalán, en relación con la reunión llevada a cabo los días 4, 5 y 6 de noviembre del corriente. Que las mismas se realizaron con la Oficina de la Mujer de la CSJN y con el apoyo de las agencias de Naciones Unidas (Unicef, Pnud y Unifem). Que tales actividades, han sido desarrolladas en el marco de los Convenios de cooperación oportunamente suscriptos entre la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los Tribunales provinciales. Que dichas reuniones tuvieron como finalidad, la de favorecer actividades conjuntas con relación a cuestiones de violencia doméstica. En cuanto a las conclusiones e informe final, indica la Señora vocal, que acompañará las mismas para estudio del cuerpo. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: Tomar conocimiento de lo informado.----------
V.-ALCAIDIAS SOBRE INSPECCIONES: VISTO Y CONSIDERANDO: El informe que surge de las actas de inspección de las comisarías número dieciocho, veintiuno, tercera, cuarenta y uno, segunda y primera. Que de allí se desprende la necesidad de que se instrumenten medidas tendientes a mejorar la situación de estas unidades. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado, y facultar al Señor Presidente del cuerpo para remitir los informes realizados. 2°) cúmplase.----
VI.-FISCALIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE INFORMA RESOLUCIONES Nº 22 Y 23/09.- VISTO Y CONSIDERANDO: Lo informado por el Señor Fiscal ante el Tribunal Superior de Justicia, Dr. Alberto Tribug, en relación a la Resolución Nº 22/09. Que en la misma se resuelve hacer saber a los Sres. Fiscales de cámara y por su intermedio a los Fiscales de Primera Instancia de toda la Provincia, la plena vigencia de la Resolución Nº 25/95. Que en la resolución Nº 23/09 se resolvió aprobar el cronograma de guardias, cuyo servicio prestarán los Sres. Fiscales Titulares y Adjuntos durante el mes de noviembre, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado.---------------------------------------------
VII.-BENITEZ ARIANA NATALIA SOBRE INSCRIPCION MATRICULA COMO PERITO LICENCIADA EN CRIMINALÍSTICA.- VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud de inscripción en la matrícula formulada por la nombrada y las constancias del expediente Nº 10668/2009 del registro de la Secretaría de Superintendencia, que dan cuenta del cumplimiento de los recaudos establecidos a tal fin, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) Disponer la inscripción en la matrícula de este Tribunal Superior de Justicia como perito licenciada en Criminalística, a la señora BENITEZ ARIANA NATALIA, DNI. Nº 32.135.067, con domicilio real y legal en calle Primero Pobladores Nº 1237 de la ciudad de Neuquén, Provincia del mismo nombre. 2º) Por Secretaría de Superintendencia expídase la correspondiente certificación, previo juramento de ley que deberá prestar el interesado, facultándose a la Secretaria de Superintendencia a tomar el mismo.- 3º) Notifíquese y cúmplase.--------------------------------
VIII.-VILLABLANCA DELMIRA SOBRE INSRIPCION EN LA MATRÍCULA COMO PERITO EN ACCIDENTOLOGÍA VIAL, DOCUMENTOLOGÍA Y CRIMINALISTICA.- VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud de inscripción en la correspondiente matrícula formulada por la nombrada y las constancias del expediente Nº 10546/2008 del registro de la Secretaría de Superintendencia, que dan cuenta del cumplimiento de los recaudos establecidos a tal fin, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) Disponer la inscripción en la matrícula de este Tribunal Superior de Justicia como perito en accidentología vial, documentología y criminalística, a la Sra. VILLABLANCA DELMIRA, DNI. Nº 18.783.651, con domicilio real y legal en calle Lamarque Nº 816, Barrio Belgrano de la ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre.- 2º) Por Secretaría de Superintendencia expídase la correspondiente certificación, previo juramento de ley que deberá prestar el interesado, facultándose a la Secretaria de Superintendencia a tomar el mismo.- 3º) Notifíquese y cúmplase.--------------------------------
IX.-MINISTERIOS PUBLICOS SOBRE ACCESO AL IURIX.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo 4299 Punto XI de fecha 13 de agosto del año 2008 se dispuso que por la “Secretaría de Informática se instrumente la consulta on line de los expedientes en trámite ante los Juzgados de Instrucción y demás organismos penales, por parte de las Fiscalías y Defensorías del Poder Judicial”.- Que ante el requerimiento formulado por el titular del Ministerio Público Fiscal, se dispuso mediante Acuerdo N° 4438 Punto XI, que la secretaría de Informática informe si ha dado cumplimiento a aquél resolutorio. Que a fs. 1531 a 1532 se informa la nómina de fiscales que tienen acceso a los expedientes, indicando en el informe, que el motivo por el cual no les resulta posible acceder a prácticamente ningún expediente, es que en los Organismos Penales, el 90 % de las causas tiene carácter “interno” o “reservado”. En igual sentido se expresa el organismo ante un pedido de similares características formulado por un Defensor Penal. Que sin perjuicio de que es resorte del titular del Juzgado disponer la reserva de las actuaciones cuando así lo considere conveniente, debiendo dictar para ello la correspondiente resolución, se advierte en este caso, que la utilización indiscriminada del “estado interno” (opción permitida por el sistema IURIX) resulta contraria a las posibilidades de gestión por parte de los ministerios públicos. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Comunicar al señor Presidente de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Criminal la circunstancia que se ha planteado, y requerir al mismo que realice una propuesta a fin de posibilitar el acceso efectivo de los Ministerios Públicos a los expedientes en trámite. 2°) Facultar al Señor Presidente para efectuar las gestiones correspondientes. 3°) Cúmplase.------------------------
X.-CHAVES JOSE ALBERTO Y OTROS SOBRE PRESENTACIÓN. VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido efectuado por el Sr. Chaves Jose, Ferreira Hermelindo, Ferreira Waldo, Imaz José y Solís Juan Carlos. Que en el mismo, formulan el pedido de que se favorezca la instrumentación del Juicio por Jurados, consagrado en el art. 24 de la Constitución Nacional. Tal petición se realiza en virtud de la atribución del Poder Judicial, de proponer a la Legislatura proyectos de ley atinentes a la organización judicial y administración de justicia. Que Subsidiariamente solicitan que se considere la petición como una “Acción de Constitucionalidad”.---------------
Que liminarmente, habrá de hacerse saber al patrocinante, que de escoger la Acción de Inconstitucionalidad, deberá ocurrir por la vía y modo correspondiente, no siendo idónea a tal fin, la presentación en sede administrativa de una petición de tal naturaleza.----------------------------------------
En relación al pedido relacionado con el funcionamiento de los Juicios por Jurados, se hará saber a los presentantes que se encuentra en funcionamiento en este momento una Comisión Interpoderes trabajando en la Reforma Procesal Penal. Es por tal motivo, que este cuerpo entiende que esa es la vía idónea para volcar las inquietudes relacionadas con el proceso aludido, por lo que deberá canalizar a través de dicha comisión sus inquietudes. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Hacer saber a los presentantes lo dispuesto en los considerandos que forma parte integrante del presente resolutorio. 2°) Notifíquese, cúmplase.---------------------------------
XI.- JUZGADO CIVIL Nº 4 SOBRE SOLICITA PRORROGA PARA EL DICTADO DE SENTENCIAS.- VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud elevada por la Dra. Alejandra Bozzano, Juez Subrogante del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 4 de Neuquén, mediante Nota de fecha 09 de noviembre del año en curso, a fin de que se le conceda una nueva prórroga del plazo para el dictado de las sentencias que quedan pendientes en virtud del informe acompañado. Que mediante Acuerdo Nº 4444, Pto VIII, se le concedió a la mencionada magistrada una prórroga de treinta (30) días en el dictado de sentencias en 81 Exptes. Que, expresa la magistrada, que ha dictado 20 sentencias durante el curso del mes de octubre.-------------------
Resultando atendible lo solicitado, por las consideraciones expresadas precedentemente, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Conceder a la Juez Subrogante del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 4, Dra. Alejandra Bozzano, una prórroga de treinta (30) días, a partir de la notificación del presente, para el dictado de sentencias pendientes, detalladas en el aludido informe. 2º) Notifíquese.-------------------
XII.-CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL SOBRE INFORMA ACUERDO ADMINISTRATIVO Nº 19/09.- VISTO Y CONSIDERANDO: Lo informado por el Señor Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Dr. Marcelo Medori, en relación al Acuerdo Administrativo Nº 19/09. Que en el mismo se resolvió ordenar la remisión de los autos “(...)DECLARACIÓN DE INCAPACIDAD” Expte. Nº (...)del registro del Juzgado Civil Nº 5 al Juzgado de Familia Nº 3, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado.----------------
XIII.-CAMARA EN TODOS LOS FUEROS DE LA II CIRCUNSCRIPCIÓN SOBRE ELEVA PEDIDO SEJUN POR USO DE ESPACIO EN NUEVO EDIFICIO.-VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido efectuado, por los representantes de Cutral Co, del Sindicato de Empleados Judiciales, en el que solicitan que se asigne el uso de una oficina en el nuevo edificio de Cutral Có. Que teniendo en cuenta que tal espacio físico ha sido previsto para uso del Poder Judicial, y a la luz de la opinión favorable del Presidente de la Cámara en todos los Fueros, habrá de hacerse lugar – en forma provisoria- a lo solicitado. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Autorizar por el término de un año a partir de la fecha del presente acuerdo, el uso de la oficina mencionada por el Dr. Furlotti, por parte del S.E.J.U.N. 2°) Hacer saber que finalizado el plazo indicado precedentemente, deberá procederse a la devolución del espacio físico. 3°) Notifíquese, cúmplase.-----------------------------
XIV.-SECRETARIA DE INFORMÁTICA SOBRE NUEVA PLANILLA ESTADÍSTICAS.- VISTO Y CONSIDERANDO: El formulario de planilla estadística correspondiente a la Secretaría de Informática remitido por el Departamento de Planificación y Estadística. Que del mismo se desprende un detalle que permite evaluar de mejor manera la tarea que realiza el organismo. Que a ello debe sumarse el glosario formulado por el organismo para facilitar la comprensión de los ítems. Que siendo necesario que este cuerpo apruebe las mismas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Aprobar las planillas estadísticas que se protocolizan formando parte integrante del presente resolutorio. 2°) Notifíquese, cúmplase.----------------
XV.-CAMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL CON COMPETENCIA PROVINCIAL SOBRE INFORMA LO RESUELTO POR LA PRESIDENCIA EN FECHA 22/10/09 EN RELACIÓN CON LOS SECUESTROS JUDICIALES –EXCEPTO ARMAS.- VISTO: Lo resuelto por la Presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal con Competencia Provincial, en fecha 22 de octubre del año en curso. Que el decreto en cuestión – comunicado mediante Oficio N° 1007/09- se refiere a la regularización de secuestros relacionados con actuaciones judiciales – excepto armas de fuego, municiones y partes. Que allí se disponen una serie de medidas tendientes a organizar el funcionamiento de la Oficina de Secuestros. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado.---
XVI.-CAMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL CON COMPETENCIA PROVINCIAL SOBRE INFORMA LO RESUELTO POR LA PRESIDENCIA EN FECHA 14/08/09 Y 23 /09/09 EN RELACIÓN CON LAS ARMAS SECUESTRADAS.-VISTO: El Acuerdo N° 3650 de fecha 26 de diciembre de 2002 de éste Tribunal, la Ley Nacional N° 25.938, su Decreto Reglamentario N° 531/2005 y la Ley Provincial N° 2576.------------------
Que en fecha 14 de agosto (comunicación efectuada mediante oficio N° 773/09) y 23 de setiembre ambos del corriente (comunicación efectuada por oficio 909/09), la Cámara de Apelaciones en lo Criminal con competencia provincial dispuso una serie de medidas, tendientes a regularizar la situación de las armas de fuego, sus partes, repuestos, municiones y demás materiales controlados incluídos en la Ley Nacional de Armas y Explosivos y sus reglamentaciones.---------------------
Y CONSIDERANDO: Que la Provincia del Neuquén, en ejercicio de atribuciones propias, mediante Ley N° 2576 la Provincia adhirió en todos sus términos a la Ley N° 25938. Allí se estableció el Registro Nacional de Armas de Fuego y Materiales Controlados, Secuestrados o Incautados con la finalidad de asentar los datos concernientes a la identificación, seguimiento y determinación de la ubicación física de las armas de fuego, sus partes, repuestos, municiones y demás materiales controlados incluidos en la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y detallados en el Anexo I de la norma citada en primer término, toda vez que hubieran sido secuestrados o incautados por las autoridades competentes. Consecuentemente, el RENAR es el único organismo habilitado, dentro de la jurisdicción de la Provincia del Neuquén, para entender en lo atinente al depósito, tanto provisorio como definitivo, la devolución, y destrucción de los materiales enunciados precedentemente.-----------------
En virtud de ello, y siempre que no surja de las actuaciones penales en trámite, la necesidad de mantener dichos materiales a disposición del organismo jurisdiccional competente, los mismos deben ser remitidos a la delegación del RENAR con jurisdicción en la Provincia del Neuquén. Asimismo, el organismo jurisdiccional competente debe, al momento de efectuar la remisión, consignar claramente en el oficio el destino de los materiales involucrados, detallando si es en carácter de: depósito transitorio, definitivo y ulterior destrucción o decomiso.-----------------------
Es en tal sentido, que la Cámara de Apelaciones aludida, ha dispuesto el mecanismo que ha considerado entre otras cosas, que a efectos de cumplimentar con la finalidad los organismos deberán actualizar periódicamente la información correspondiente. Que asimismo contempla en cuanto a la modalidad de traslado de tales elementos que hubieren sido secuestrados o incautados en causas judiciales, dicho envío debe ser efectuado exclusivamente por personal dependiente de la Policía del Neuquén debidamente habilitado al efecto por dicha institución, debidamente acreditado. Por todo ello, contando con dictamen favorable de la Subsecretaría Legal y Técnica del Poder Judicial, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Aprobar el instructivo elaborado por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal con Competencia Provincial, comunicado mediante Oficio 909/09, que regula el procedimiento a seguir por todos los organismos con competencia en materia penal de la Provincia del Neuquén para la información respecto del secuestro o incautación y posterior remisión al RENAR de armas de fuego, sus partes y repuestos, municiones y demás materiales controlados incluidos en la Ley Nacional de Armas y Explosivos y que por este acto se protocoliza. 2°) NOTIFÍQUESE y cúmplase.--------------------------------
XVII.-(...) SOBRE PRESENTACIÓN.- VISTO Y CONSIDERANDO: la presentación efectuada por (...), en relación con la circunstancia suscitada al momento de realizar una entrevista de “Cámara Gesell” realizada con su hijo menor de edad. Que requerido el informe pertinente a los profesionales que se desempeñan en dicho organismo, éstos efectúan un pormenorizado análisis del que se desprende – y así lo dictamina el Fiscal ante el cuerpo con fecha 3 de noviembre- que no se advierten irregularidades por parte de las profesionales intervinientes en la entrevista en cámara Gesell. Ello, dado que la misma se llevó a cabo de conformidad a los parámetros oportunamente aprobados por el Cuerpo mediante acuerdo 4132, y en relación con los inconvenientes en las fechas y falta de expediente para realizar la entrevista, excede las posibilidades de las mismas. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Hacer saber a (...), lo expresado en los considerandos del presente. 2°) Notifíquese, cúmplase.-------------------
XVIII.-ADMINISTRACION GENERAL SOBRE PROPUESTA DE CÁLCULO SOBRE GASTOS DE MOVILIDAD.- VISTO: El expediente N° 9631 año 2006 del Registro de la Administración General, los Acuerdos N° 4199 – Punto IV –, N° 4231 – Punto XI – y N° 4316 – Punto III -; Y CONSIDERANDO: Que por el resolutorio 2° del último Acuerdo citado se encomendó al Administrador General a realizar un análisis sobre el tema en cuestión a fin de instrumentar una fórmula que permita la actualización de los valores en forma automática sin necesidad de realizar una modificación normativa cada vez que estos queden desfasados de los costos operativos.------------
Que en función de ello y luego de un exhaustivo análisis sobre distintas metodologías se concluyó en la conveniencia de adoptar como unidad de medida al JUS, para efectuar el reintegro de gastos por movilidad que actualmente perciben los Oficiales Notificadores.------
Que la adopción del JUS esta intrínsecamente relacionado con el servicio de justicia que prestan los Oficiales Notificadores y Oficiales de Justicia.-------
Que la utilización del JUS posibilita unificar la metodología de reintegro también para los Oficiales de Justicia, obviando la ponderación de los kilómetros recorridos y el valor del combustible, medidas utilizadas hasta la fecha.-----------------------------
Que a los efectos de fijar la cantidad de JUS correspondiente a cada Localidad/Zona se efectuó el cociente entre el importe percibido mensualmente y el valor JUS vigente al momento de la última actualización del valor por kilómetro (septiembre/08), obteniéndose los valores que se detallan a continuación:

ZonaKm.
Importe percibido
Cantidad JUS
OFICIALES NOTIFICADORES
I CircunscripciónZona Centro1.633 km.
1.372,00
12
I CircunscripciónZona Barrios2.041 km.
1.714,00
15
I CircunscripciónZona Barrios Externos2.449 km.
2.057,00
18
Rincón de los Sauces 2.041 km.
1.714,00
15
Cutral Có 2.233 km.
1.876,00
16
Zapala 1.966 km.
1.651,00
14
Junín de los Andes 2.083 km.
1.750,00
15
San Martín de los Andes 2083 km.
1.750,00
15
Villa La Angostura 2.273 km.
1.909,00
17
Chos Malal 1.083 km.
910,00
8
OFICIALES DE JUSTICIA
Todas
852,00
7

Que cabe aclarar que conforme lo normado por el artículo N° 105 de la Ley de Contrato de Trabajo –de aplicación supletoria conforme ha sostenido este cuerpo en algunos pronunciamientos jurisdiccionales- los reintegros de gastos sin comprobantes, correspondientes al uso del vehículo del empleado son prestaciones complementarias excluidas de la remuneración del trabajador.--------------------------------------------
Que con el carácter precedentemente expuesto la presente propuesta tendrá vigencia a partir del reintegro de gastos del mes de septiembre del año en curso.-------------------------------------------------
Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Establecer que a partir del 1° de septiembre de 2009 se liquide a los Oficiales Notificadores y Oficiales de Justicia la cantidad de JUS establecida en la tabla inserta en los considerandos del presente. 2°) Tome conocimiento la Administración General. Cúmplase.----------------------
XIX.-Dr. FERNANDO TELL SOBRE RENUNCIA.- VISTO Y CONSIDERANDO: La renuncia al cargo de Prosecretario del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la ciudad de Chos Malal, presentada por el Dr. Fernando TELL invocando razones de orden personal. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Aceptar la renuncia efectuada por el Dr. FERNANDO TELL, D.N.I. Nº 29.216.365, a partir de la cero hora del 1 de enero de 2.010, al cargo de Prosecretario del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la V Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Chos Malal, agradeciéndole los servicios prestados en este Poder Judicial. 2°) Procédase por la Administración General conforme lo dispuesto por Acuerdo N° 3064, Punto XV. 3°) Llamar a concurso externo de antecedentes y oposición para cubrir un cargo de Prosecretario –categoría MF7-, con destino en al Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la V Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Chos Malal. 4º) Facultar a Presidencia a integrar el Tribunal Examinador y fijar día y hora de la evaluación. 5º) Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales y tome razón la Administración General.--------------------------------
XX.- DRA. MIRIAM ELIZABETH LUQUI SOBRE RENUNCIA.- VISTO Y CONSIDERANDO: La renuncia al cargo de Defensor Oficial, titular de la Defensoría de Primera Instancia en Todos los Fueros de Rincón de los Sauces de la I Circunscripción Judicial, a partir del 1 de marzo del 2010, presentada por el mencionada funcionaria motivada en razones de índole personal. Y atento lo establecido por el Art. 251, inc.4 de la Constitución Provincial, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Remitir al Consejo de la Magistratura la renuncia presentada por el Dra. MIRIAM ELIZABETH LUQUI, DNI N° 18.009.911, a partir del 1 de marzo del 2010, al cargo de Defensora Oficial titular de la Defensoría de Primera Instancia en Todos los Fueros de Rincón de los Sauces de la I Circunscripción Judicial, adjuntando a la misma, el legajo personal de la mencionada funcionaria.- 2°) Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales .------------------------
XXI.- DRA. LAURA ANDREA BARBE SOBRE AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE AL EXTRANJERO.-VISTO Y CONSIDERANDO: La licencia extraordinaria concedida a la nombrada, en los términos del el art. 39 del Reglamento vigente, fundada en la necesidad de acompañar a su hija menor de edad, -integrante de la Banda Infanto Juvenil de la Provincia del Neuquén-. Que la menor, participará en el Encuentro Internacional de Bandas Juveniles que se realizará en Colombia, del 30 de noviembre al 4 de diciembre del año en curso, ambos inclusive. Es por ello, que se autorizó a la funcionaria aludida a ausentarse al extranjero. Por ello, y de conformidad a lo oportunamente dispuesto por Acuerdo 3788 Punto XX, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: Tomar conocimiento.-
XXI.- JUAN MANUEL LUZURIAGA SOBRE AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE AL EXTRANJERO.-VISTO Y CONSIDERANDO: La licencia extraordinaria con encuadre normativo en el art.37 del Reglamento de Licencias vigente, concedida al mencionado funcionario para asistir en carácter de expositor, a la 3º Conferencia Internacional del Gobierno Electrónico. Que la misma se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 9 al 13 de noviembre del año en curso, ambos inclusive con autorización para ausentarse al extranjero. Por ello, atento lo oportunamente dispuesto por Acuerdo 3788 Punto XX, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: Tomar conocimiento.----
XXII.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE LOCACION DE SERVICIO.- VISTO Y CONSIDERANDO: El expediente N° 193/09 del registro de la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales, correspondiente al concurso de oposición y antecedentes convocado en el marco del Acuerdo N° 4438, Punto XV, inciso 2°, para la contratación de Operador Técnico para la Cámara Gesell, del que da cuenta el acta elevada por el Tribunal Examinador, obrante a fs.44 del referido expediente. Que mediante Acuerdo n°4461, punto XIX se dispuso un incremento del 18% en las locaciones de servicio, por lo que corresponde actualizar en igual porcentaje el monto establecido por Acuerdo 4438, punto XV, inciso 2°, a fin de equipararlo con el oportunamente fijado para idéntica prestación. Por ello de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Contratar, bajo la modalidad de locación de servicio, al señor DAMIÁN ALBERTO GUALLETTO, DNI: 30.587.920, para desempeñarse como Operador Técnico con destino al Área Psiquiatría Forense, para operar en Cámara Gesell, por el término de un año y por un monto mensual de pesos dos mil setecientos cuarenta y uno con catorce ctvos. ($ 2.741,14) 2°) Facultar a Presidencia a disponer fecha de iniciación de la locación y para suscribir el respectivo contrato. 3°) Encuadrar la presente contratación directa en las disposiciones del apartado c) del inciso 2) del artículo 64 de la Ley Nº 2141 y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. 4°) Notifíquese. Cúmplase. Tome razón la Administración General.---------------------------
XXIII.-JOSEFA NÚÑEZ VEGA SOBRE ANTECEDENTES.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que conforme surge de la certificación actuarial de fojas 169 del legajo “B” de la mencionada agente, de continuar la misma usufructuando su actual licencia por enfermedad, cumplirá el 17 de marzo del 2010 con el término de dos años previsto en el artículo 15 del reglamento vigente. En consecuencia, y partir del día siguiente de la citada fecha, de continuar en uso de licencia por la misma causal corresponde disponer la percepción de medio sueldo. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1º) Disponer que a partir de la cero hora del 18 de marzo del 2010, y en el supuesto de continuar en uso de licencia por enfermedad, la señora JOSEFA NÚÑEZ VEGA comience con la percepción medio sueldo.- 2º) Notifíquese y tome razón la Administración General.----------------------
XXIV.- FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE RESOLUCIÓN N°24/09.- VISTO Y CONSIDERANDO: La resolución N° 24/09 de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, de fecha 9 de noviembre de 2009, mediante la cual se ratifica la medida dispuesta por el señor Fiscal de Cámara de la I Circunscripción Judicial a cargo de la superintendencia delegada, por la cual se establece, que a partir del 9 de noviembre del corriente año, y atento el Dr. MARCELO WALTHER ALEJANDRO JARA reasume sus funciones a cargo de la Fiscalía de Gestión Rápida, se dispone que el Dr. GUSTAVO BARROSO actúe como Fiscal Adjunto del mismo, ordenándose por otro lado, a partir de la misma fecha, los traslados de la Dra. MARIA LEOPOLDINA EREZUMA, de la Fiscalía de Gestión Rápida, a la Fiscalía para Delitos Complejos, y del Dr. ANDRÉS MARCELO CARREA, a la Fiscalía de Gestión Rápida, como Fiscal Adjunto de la Dra. LUCIA BENITO PIÑERO, ello hasta tanto se instrumente en forma definitiva la reestructuración dispuesta por Acuerdo n° 4439 Punto VI. Por ello de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento y ratificar la resolución N° 24/09 de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia. 2°) Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales y tome razón la Administración General.-----------------------------------------------
XXV.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE PEDIDO COBERTURA VACANTE.-VISTO Y CONSIDERANDO: La designación de la Dra. María Dolores de los Milagros Finochietti como Fiscal de Cámara con destino a la Fiscalía de Cámara de Neuquén, y la necesidad de proceder a la cobertura de la vacante producida en el cargo de agente fiscal titular de la Fiscalía para Delitos Juveniles de la ciudad de Neuquén, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Requerir al Consejo de la Magistratura del Neuquén proceda a la cobertura de la vacante producida en el cargo de Fiscal titular de la Fiscalía para Delitos Juveniles de la ciudad de Neuquén -categoría MF4- 5°) Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.---
Con lo que no siendo para mas, se dá por finalizado el acto, previa lectura firman los presentes por ante mí, de lo que doy fe.--------------------------------------