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Acuerdo



08/26/2010 01:18 PM




Tpo. Documento: Acuerdo Ordinario
Número: 4550
Fecha:
08/25/2010
Tema:
Referencia: ACUERDO ORDINARIO
Observaciones: publicado Jueves 26 de agosto de 2010.- 12 :50 hs
4550




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ACUERDO Nº 4550.- En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los 25 días del mes de agosto del año dos mil diez, siendo las 10.30 horas, se reúne en Acuerdo el Tribunal Superior de Justicia integrado con la Presidencia del Dr. ANTONIO G. LABATE, los señores Vocales Dr. RICARDO TOMÁS KOHON, LELIA G. MARTINEZ de CORVALAN, OSCAR E. MASSEI, el Sr. Fiscal, Dr. ALBERTO TRIBUG, el Sr. Defensor ALEJANDRO T. GAVERNET, con la presencia de la señora Secretaria de Superintendencia Dra. ISABEL VAN DER WALT.----------------------------------------------
Abierto el acto por el señor presidente, se ponen a consideración del cuerpo los siguientes puntos:--------
1.- SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA SOBRE CUMPLIMIENTO ACUERDO Nº 4549.- Por secretaría se informa sobre el cumplimiento de las resoluciones del Acuerdo mencionado.--------------------------------------------
2.- PRESIDENCIA SOBRE DECRETOS NROS. 331/10 al 341/10.- En te acto el señor Presidente hace saber al Cuerpo el contenido de los Decretos de referencia. Oído lo cual, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: Ratificar lo dispuesto mediante Decretos Nº: 331, 332, 333, 334, 336, 339 y tomar conocimiento de lo dispuesto mediante Decretos Nº: 335, 337, 338, 340, 341.------------------
3.- ADMINISTRACION GENERAL SOBRE LICITACION PRIVADA “ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO INFORMATICO CON DESTINO A ORGANISMOS DEL PODER JUDICIAL”.- VISTO: El expediente N° 16402/10 del Registro de la Administración General, la Ley N° 2141 y su Decreto Reglamentario Nº 2758/95, el Decreto N° 1871/04 del Poder Ejecutivo Provincial, el Acuerdo N° 4423 - Punto III; y CONSIDERANDO: Que este alto cuerpo mediante Acuerdo Nº 4543, Punto VI, autorizó el llamado para la Licitación Privada Nº 03/10, asimismo aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y facultó al Sr. Administrador General a designar a los integrantes de la Comisión de Preadjudicación, según consta a fs. 69. Que mediante Resolución Nº 0081-10–AG, el Sr. Administrador General, en uso de las facultades conferidas por el Acuerdo citado ut supra, fijó como fecha de apertura de sobres de las ofertas el día 28/07/10 y como fecha de reunión de la comisión de preadjudicación el día 03/08/10, a su vez designó los integrantes de la Comisión de Preadjudicación, (cfr. fs. 71). Que en cumplimiento de lo normado por el artículo 12 de Decreto 2758/95, a través del Departamento Contrataciones, se invitó a once firmas del ramo, conforme consta de fs. 76/78 vta. Que con fecha 28 de julio de 2010 se celebra el acto de apertura de sobres, labrándose el acta que luce de fs. 81/84, en la que constan las ofertas recibidas de las firmas: Merendino Claudio y Rocha D; Tescom S.R.L.; Toranzo Juan Antonio; Graciela Teresa Novello Y Casa Humberto Lucaioli S.A.. Que la documentación presentada por la firma se agrega de a 79/187. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 42 del Decreto Nº 2758/95, para el examen de las propuestas presentadas se confeccionó el cuadro comparativo de precios y condiciones que se agrega a fs. 191. Que con fecha 06 de agosto de 2010, la Comisión de Preadjudicación emite su dictamen, procediéndose en igual fecha a su publicación, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 49 del Decreto Reglamentario Nº 2758/95 (fs. 210). Que contra el punto primero del dictamen de la Comisión de preadjudicación, el oferente Juan Toranzo presenta una observación detallando las características de su oferta, manifiesta que “los equipos marca Ricoh, modelo SP, 3300DN, de ninguna manera tiene características inferiores a las silicitas y si cuentan con mayores beneficios, incluido el económico”, cfr. fs.211/212. Que de la observación presentada, se dio vista al Sr. Jefe del Departamento Informática para que emita opinión en razón de su conocimiento técnico (art. 41 del Decreto 2758/95). En su nota destaca que: “Analizada la nota presentada por el Sr. Toranzo a fs, 211 y los antecedentes existentes en le expediente, se concluye que la propuesta presentada por la firma SERVISUR de Toranzo Juan Antonio, efectivamente no cumple con lo solicitado en pliego. Particularmente la impresora ofertada no cuenta con bandeja adicional o ranura multipropósito con la capacidad de 10 hojas mínimo, contando en su lugar con una ranura con alimentación manual de 1 hoja. Esta característica en un ambiente típico de trabajo en el Poder Judicial (la impresora es un recurso compartido por dos o más personas) afecta la operatoria normal del proceso de impresión, ya que al requerir una alimentación manual hoja por hoja de la bandeja adicional (Ej. Impresión de cheques, hojas A4, formularios, etc.) se ve afectado el proceso de impresión. Que la causal de rechazo manifestada tanto por la Comisión de Preadjudicación, como por el Sr. Jefe del Departamento Informática encuentran sustento en lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares Anexo I renglón 1º) ítem 5: bandeja de entrada adicional o ranura multipropósito con capacidad para 10 hojas, mínimo. Que en consecuencia corresponde rechazar la oferta en cuestión, con sustento legal en lo dispuesto por el artículo 38 inc. 2) apt. e) del Decreto Reglamentario Nº 2758/95, toda vez que resulta ser una oferta inadmisible ya que: “conveniente o no, no se ajusta a los requisitos del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación, se trata de una oferta que no ofrece exactamente lo solicitado o no lo ofrece en las condiciones o con los requisitos exigidos. (DROMI, Roberto “Licitación Pública”, Ed. Argentina, 2ª edición, Pág. 157). Que el día 25 de agosto del corriente año se intimó a las firmas preadjudicatarias para que en el plazo de cinco días hábiles constituyan a favor del Poder Judicial la garantía de cumplimiento de contrato, conforme lo prescripto en la cláusula 6º) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conforme consta de fs. 227 a 231. Que el plazo otorgado a las firmas para cumplir con el requisito en cuestión aun no ha expirado. Que la cotización del Banco Nación Argentina de la moneda dólar estadounidense al día 24 de agosto del corriente año, para el tipo de cambio vendedor asciende a la suma de pesos tres con noventa y cuatro centavos ($ 3.94). Que se cuenta con dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica, conforme lo normado por el artículo 50 inc. a) de la Ley Nº 1284. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Aprobar lo actuado en la Licitación Privada Nº 03/10, en virtud de lo normado por el artículo 63 de la Ley Nº 2141 y ccds., artículo 1º del Decreto 2758/95 modificado por Decreto 1871/04 y el Acuerdo Nº 4423, Punto III.- 2º) Rechazar la oferta principal de la firma Toranzo Juan Antonio para el renglón Nº 1 por no cumplir con lo solicitado en pliego en el Anexo I renglón 1 para los ítems 5 y 14, con sustento legal en lo dispuesto por el artículo 38 inc. 2) apt. e) del Decreto Reglamentario Nº 2758/95.- 3º) Rechazar la oferta principal de la firma Merendino Claudio Rubén y Rocha Darío Dardo para el renglón 3 por no ajustarse a lo solicitado en Pliego en el Anexo I renglón 3 para los ítems 2.1 (memoria ddr3 o superior), 3.1 (gabinete tipo tower), con sustento legal en lo dispuesto por el artículo 38 inc. 2) apt. e) del Decreto Reglamentario Nº 2758/95.- 4º) Rechazar la oferta de la firma Humberto Lucaioli S.A. para los renglones: 4 por no ajustarse a lo solicitado en pliego en el Anexo I en el renglón 4 en el ítem 9 (LCD) y con la característica solicitada de ser inalámbrica; el renglón 5 por no ajustarse a lo solicitado en pliego al no ofertar un equipamiento Láser Color, todo con sustento legal en lo dispuesto por el artículo 38 inc. 2) apt. e) del Decreto Reglamentario Nº 2758/95.- 5º) Rechazar la oferta de la firma Novello Graciela para el renglón Nº 5 por no ajustarse a lo solicitado en pliego en el Anexo I, renglón 5 en el ítem 4 (impresión doble cara automática), con sustento legal en lo dispuesto por el artículo 38 inc. 2) apt. e) del Decreto Reglamentario Nº 2758/95.- 6º) Adjudicar a la firma Novello Graciela, sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 6º) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los renglones Nº 1 y 2 por ajustarse a lo solicitado en pliego y convenir a los intereses fiscales en un todo de acuerdo a los principios del artículo 63 inc. b) de la Ley Nº 2141 y artículo 45º) del Decreto 2758/95, ambos renglones por la suma total de pesos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y siete con dieciocho centavos ($ 87.867,18).- 7º) Adjudicar a la firma Tescom S.R.L., sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 6º) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los renglones Nº 3 y 4 por ajustarse a lo solicitado en pliego y convenir a los intereses fiscales en un todo de acuerdo a los principios del artículo 63 inc. b) de la Ley Nº 2141 y artículo 45º) del Decreto 2758/95, ambos renglones por la suma total de pesos doce mil setecientos dieciséis con ochenta y nueve centavos ($ 12.716,89).- 8º) Adjudicar a la firma Merendino Claudio Rubén y Rocha Darío Dardo, sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 6º) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el renglón Nº 5 por ajustarse a lo solicitado en pliego y convenir a los intereses fiscales en un todo de acuerdo a los principios del artículo 63 inc. b) de la Ley Nº 2141 y artículo 45º) del Decreto 2758/95, por la suma total de pesos dos mil doscientos setenta y ocho con cuarenta y ocho centavos ($ 2.278,48).- 9º) Autorizar al Jefe del Departamento de Contrataciones de la Dirección de Administración Financiera a suscribir las órdenes de compra que se libren en cumplimiento de lo aprobado en la presente licitación.- 10) Notifíquese. Tome razón la Administración General. Cúmplase.----------------------
4.-ADMINISTRACIÓN GENERAL SOBRE LICITACIÓN PÚBLICA N° 02/10 “ADQUISICIÓN DE CARTUCHOS DE TINTA Y TÓNER PARA RESPOSICIÓN DE STOCK DE LA DIVISIÓN SUMINISTROS”.- VISTO: El expediente N° 16.464 año 2010 del Registro de la Administración General, la Ley N° 2141 y su Decreto Reglamentario, el Decreto N° 1871/04 del Poder Ejecutivo Provincial, Acuerdo N° 3798, punto XXI y Acuerdo N° 4473, punto IV, y CONSIDERANDO: Que por Acuerdo 4543, punto 7 del día 07/07/10 éste Alto Cuerpo autorizó el presente llamado a Licitación Pública; que mediante la Resolución Nº 0082-10–AG el Sr. Administrador General designó a los integrantes de la Comisión de Preadjudicación; que en cumplimiento de lo establecido en el art. 8 inc. a) del Decreto 2758/95, se publicó el llamado a licitación en los diarios Río Negro y La Mañana Neuquén, todos de amplia difusión, y en el Boletín Oficial de la Provincia (fs. 38/39 y 41); que se cursaron invitaciones a firmas del ramo, en cumplimiento de lo normado por el artículo 11º) del Decreto Nº 2789/95 (cfr. fs. 35/37 vta.); que del Acta de Apertura de sobre, obrante a fs. 50/53, surge que presentaron ofertas las firmas: MEGAL S.R.L., LOGFUN NEUQUEN INSUMO Y SERVICIOS de Diego Germán Gelós, CASA HUMBERTO LUCAIOLI S.A., COPYSERVIS de Bustillo María de los Ángeles, SOLUCIONES INFORMÁTICAS SIGMA S.R.L. y MUSSINI DELIA CORINA y SOLARI EMILIO HORACIO (SOLARI COMPUTACIÓN S.H.); que la Comisión de Preadjudicación se expidió conforme consta a fs. 219/vta.;-------------
Por todo lo expuesto, emitido dictamen jurídico por la Subsecretaría Legal y Técnica, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Aprobar lo actuado en la Licitación Pública Nº 02/10, en virtud de lo normado por el artículo 63 de la Ley 2141 y ccds. y art. 1º del Decreto 2758/95 -modificado por Decreto 1871/04- mediante la adhesión prevista en el Punto XXI del Acuerdo 3798, Punto XXI.-, 2º) Adjudicar a la firma MEGAL S.R.L., con domicilio legal en calle San Luis N° 352 de la Ciudad de Neuquén Capital, la propuesta para el renglón N° 1 por la suma total de pesos once mil cuatrocientos doce con 88/100 cts. ($11.412,88), sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 12º) del Pliego de Condiciones Particulares, por precio, ajustarse a pliego y convenir a los intereses fiscales en un todo de acuerdo al artículo 63 inc. b de la Ley de Administración Financiera N° 2141 y Art. 45 del Decreto Reglamentario 2758/95 de la citada ley. 3°) Adjudicar a la firma MUSSINI, DELIA CORINA-SOLARI EMILIO HORACIO-SOLARI DAVID IGNACIO, con domicilio legal en calle Bouquet Roldán N° 28 de la ciudad de Neuquén, Capital, las propuestas para los renglones N° 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 12, 13, 14, 15, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34 y 35, por la suma total de pesos ciento treinta y un mil cuatrocientos ochenta y ocho con 48/100 cts. ($131.488,48), sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 12º) del Pliego de Condiciones Particulares, todos por mejor precio, ajustarse a pliego y convenir a los intereses fiscales en un todo de acuerdo con el art. 63 inc. b de la Ley de Administración Financiera N° 2141 y art. 45 del Decreto Reglamentario 2758/95. 4°) Adjudicar a la firma LOGFUN NEUQUEN INSUMOS Y SERVICIOS de Diego Germán Gelos, con domicilio legal en calle San Juan N° 2144 DX ”A” de la ciudad de Neuquén Capital, las propuestas para los renglones N° 9, 11, 16, 17 y 18, por la suma total de pesos seis mil seiscientos sesenta y tres con 50/100 cts. ($6.663,95), sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 12º) del Pliego de Condiciones Particulares, todos por mejor precio, ajustarse a pliego y convenir a los interese fiscales en un todo de acuerdo con el art. 63 inc. b de la Administración Financiera N° 2141 y art. 45 del decreto Reglamento 2758/95 de la citada ley. 5°) Adjudicar a la firma SOLUCIONES INFORMÁTICAS SIGMA S.R.L., con domicilio legal en calle Avenida del Trabajador N° 1897 Planta Baja de la ciudad de Neuquén Capital, la propuesta para el renglón N° 10, por la suma total de pesos cuarenta y tres mil setecientos setenta y cinco con 91/100 cts. ($43.775,91), sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 12º) del Pliego de Condiciones Particulares, por precio, ajustarse a pliego y convenir a los intereses fiscales en un todo de acuerdo con el art. 63 inc. b de la Ley de Administración Financiera N° 2141 y art. 45 del Decreto Reglamentario 2758/95 de la citada ley. 6°) Adjudicar a la firma COPYSERVIS de Bustillo María de los Ángeles, con domicilio legal en calle Tierra del Fuego N° 16, la propuesta para el renglón N° 19, por la suma total de pesos veintidós mil setecientos cinco con 92/100 ($22.705,92), sujeto al cumplimiento del requisito establecido por el artículo 12º) del Pliego de Condiciones Particulares, por única oferta, ajustarse a pliego, siendo la firma representante oficial de la marca en la región, de acuerdo con lo establecido en el art. 63 de la Ley de Administración Financiera N° 2141 y art. 45 del Decreto Reglamentario N° 2785/95. 7°) Autorizar al Jefe del Departamento de Contrataciones de la Dirección de Administración Financiera a suscribir las órdenes de compra que se libren en cumplimiento de lo aprobado en la presente licitación. 8º) Notifíquese. Tome razón la Administración General. Cúmplase.----------------------
5.- ADMINISTRACION GENERAL SOBRE LOCACION INMUEBLE SITO EN CALLE INDEPENDENCIA Nº 340 Y 350 DE LA CIUDAD DE NEUQUEN.- VISTO: El expediente N° 16.575 del Registro de la Administración General, la Ley N° 2141 y su Decreto Reglamentario, el Decreto N° 1871/04 del Poder Ejecutivo Provincial, el Acuerdo N° 3798, Punto XXI; y, CONSIDERANDO: Lo informado por el Sr. Administrador General mediante Nota Nº 10503-10-D-AG sobre la necesidad de renovar la contratación del inmueble sito en Independencia Nº 340/350 de la ciudad de Neuquén.---
Que el día 31 de agosto del corriente opera el vencimiento del contrato, habiéndose recepcionado una propuesta de renovación por parte de empresa titular del inmueble, por el término de tres años (fs.02).-----
Que el Sr. Administrador General informa que ha logrado una mejora de la oferta por parte de la locadora a fin de renovar la relación contractual pero por el término de un (1) año, con un canon mensual de pesos doce mil ($12.000,00), ascendiendo el valor global a la cantidad de pesos ciento cuarenta y cuatro mil ($ 144.000,00) por el período de tiempo comprendido entre los días 01/09/10 y 31/08/11.
Que el Departamento Contaduría y Presupuesto ha realizado la reserva presupuestaria correspondiente por dicho monto (fs.19/20).------------
Que conforme lo establece el artículo 64, inciso 2), apartado o), de la Ley N° 2141, este Poder Judicial se encuentra facultado para proceder a la contratación que aquí se propone.---------------------------------------
Que la contratación que se propone es conveniente a los intereses de la hacienda del Poder Judicial para efectuar la renovación de la locación del inmueble citado, contando con dictamen favorable de la Subsecretaría Legal y Técnica del Poder Judicial. Por todo ello, de conformidad Fiscal. SE RESUELVE: 1°) Aprobar la renovación del contrato de locación del inmueble de calle Independencia Nº 340/350 de la Ciudad de Neuquén, por el término de un año, a partir del 1 de septiembre de 2010 hasta el 31 de agosto de 2011. 2º) Fijar el valor locativo global en la suma de pesos ciento cuarenta y cuatro mil ($144.000,00) pagaderos en doce cuotas mensuales y consecutivas de pesos doce mil ($12.000,00). 3º) Encuadrar la presente como contratación directa en las disposiciones del artículo 64 inciso 2) apartado o) de la Ley Nº 2141. 4º) Oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia conforme las disposiciones del artículo 75 del Decreto 2758/95. 5º) Autorizar al Sr. Administrador General a suscribir el contrato respectivo. 6°) Tome razón la Administración General. Cúmplase.-------------
6.-ADMINISTRACIÓN GENERAL ELEVA CONVENIO CON POLICÍA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN PARA RENOVACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIA DE POLICÍA ADICIONAL EN LAS DEPENDENCIAS JUDICIALES.- VISTO: Los Expedientes Nros. 15894-09, 16576 del Registro de la Administración General “Servicio de Policía Adicional”, la Ley N° 2141, el Decreto Reglamentario N° 2758/95, el Acuerdo N° 4461 –Punto V- y Acuerdo N° 4483 Punto IV, y;----------------
CONSIDERANDO: I. Lo informado por el Administrador General mediante Nota N° 10504-10-D-AG, respecto al vencimiento del convenio suscripto con la Policía Provincial para la prestación del servicio de policía adicional en organismos judiciales operado el 30 de junio de 2010.-----------------------------------------
Que en función de ello, el citado funcionario, propicia la renovación del mismo a partir del l/07/10 y hasta el 31/12/10, manteniéndose el precio actual del servicio, en los siguientes valores: a)- hora hombre diurna: $ 14,00 y b)- hora hombre nocturna de 22,00 a 8,00 horas los días hábiles y/o sábados a partir de las 20,00 hs., domingos y feriados las 24 hs: $ 18,00.----------------
Que con tal propósito la Autoridad Policial competente remite el Modelo de Convenio, (cfr. fs. 1/4 del expediente de la referencia).--------------------------III. Que el Departamento Contaduría y Presupuesto ha efectuado la reserva presupuestaria de conformidad con lo solicitado.-----------------------------------------
Que la Subsecretaría Legal y Técnica ha tomado debida intervención manifestando no tener observaciones que formular, habida cuenta de resultar indispensable continuar contando con la prestación del servicio contratado.--------------------------------------------
IV. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Autorizar al Administrador General del Poder Judicial, a consensuar el texto definitivo del “Convenio de Servicio de Policía Adicional” -para cubrir el servicio en las Dependencias Judiciales detalladas en el Anexo obrante a fs. 07/08 de los actuados de la referencia, en similares términos y condiciones que las estipuladas en el convenio oportunamente suscripto y por un plazo de vigencia de seis meses de duración, computado desde el 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2010.- 2°) Facúltese al citado funcionario a suscribir el mismo, en nombre y representación del Poder Judicial y durante su vigencia, a ampliar, modificar y/o dar de baja el servicio de guardia adicional toda vez que las necesidades así lo requieran. 3°) Cúmplase por la Administración General.--------------------------------
7.- ADMINISTRACION GENERAL SOBRE LOCACION INMUEBLE SITO EN CALLE LUIS MONTI Nº 33 DE LA CIUDAD DE ZAPALA.- VISTO: El expediente N° 16.594 del Registro de la Administración General, la Ley N° 2141 y su Decreto Reglamentario, el Decreto N° 1871/04 del Poder Ejecutivo Provincial, el Acuerdo N° 3798, Punto XXI; y, CONSIDERANDO: Lo informado por el Sr. Administrador General mediante Nota Nº 10505-10-D-AG sobre la necesidad de celebrar un contrato de locación respecto del inmueble sito en calle Monti N° 33 de la ciudad de Zapala, para ser destinado al funcionamiento de la Delegación del Archivo Judicial para los organismos de las circunscripciones judiciales del interior, actualmente sito en la ciudad de Cutral Có.------------
Que el Sr. Administrador General informa sobre la conveniencia de alquilar el inmueble por el término de dos (2) años y por un monto global de pesos ciento ochenta y cuatro mil ochocientos ($184.800,00), el que será pagadero en cuotas mensuales y consecutivas de pesos siete mil ($7.000,00) -durante el primer año locativo- y de pesos ocho mil cuatrocientos ($8.400,00) durante el segundo año.
Que el Departamento Contaduría y Presupuesto ha realizado la reserva presupuestaria correspondiente por dicho monto (fs.33/34).------------
Que conforme lo establece el artículo 64, inciso 2), apartado o), de la Ley N° 2141, este Poder Judicial se encuentra facultado para proceder a la contratación que aquí se propone.---------------------------------------
La contratación que se propone es conveniente a los intereses de la hacienda del Poder Judicial para efectuar la locación del inmueble citado, contando con dictamen favorable de la Subsecretaría Legal y Técnica del Poder Judicial. Por todo ello, de conformidad Fiscal. SE RESUELVE: 1°) Aprobar la celebración del contrato de locación del inmueble ubicado en calle Luis Monti Nº 33 de la Ciudad de Zapala, por el término de dos (2) años, previo acompañamiento por parte de la locadora de constancia de inscripción vigente en el padrón de proveedores y supeditado a la realización del informe técnico exigido por Acuerdo 4316, punto VIII. 2º) Fijar el valor locativo global en la suma de pesos ciento ochenta y cuatro mil ochocientos ($184.800,00) pagaderos en cuotas mensuales y consecutivas de pesos siete mil ($7.000,00) durante el primer año locativo y de pesos ocho mil cuatrocientos ($8.400,00) para el segundo. 3º) Encuadrar la presente como contratación directa en las disposiciones del artículo 64 inciso 2) apartado o) de la Ley Nº 2141. 4º) Oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia conforme las disposiciones del artículo 75 del Decreto 2758/95. 5º) Autorizar al Sr. Administrador General a suscribir el contrato respectivo. 6°) Tome razón la Administración General. Cúmplase.----------------------
8.- DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y ESTADÍSTICAS SOBRE PROPUESTA DE CREACIÓN PORTAL WEB.- VISTO Y CONSIDERANDO: La propuesta efectuada por el organismo aludido, respecto a la creación de un portal de estadísticas, dentro de la página institucional del Poder Judicial del Neuquén, con información general relativa a la actividad jurisdiccional, los recursos humanos, el presupuesto y la infraestructura, actualizada periódicamente y de fácil acceso para la comunidad en general. Los datos estadísticos relacionados con la información jurisdiccional – cuya publicidad se realizará en la primer etapa-, se integra con las planillas aprobadas por el Tribunal Superior de Justicia para cada fuero, y es la información que anualmente se remite a la Honorable Legislatura Provincial, en los términos del art. 240 inc. f) de la Constitución Provincial.-------------------------------
Que la implementación del portal de estadística se plantea en 3 etapas, según el contenido a desarrollar y publicar en cada una de ellas, conforme surge del Informe N° 6 del Departamento, que forma parte integrante del presente punto.-------------------------
Teniendo en cuenta que la línea que se viene sosteniendo desde este cuerpo, es la de brindar la mayor cantidad de información pública, en un espacio de fácil acceso, es que se propicia la publicación de los datos conforme el cronograma propuesto en el documento que se adjunta. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Aprobar la publicación en la Página Web institucional la información estadística de este Poder Judicial, de conformidad al cronograma propuesto por el Departamento de Planificación y que surge del documento que se protocoliza formando parte integrante del presente resolutorio. 2°) Notifíquese, cúmplase.----------------
9.-REGISTRO UNICO DE ADOPCIÓN SOBRE MODIFICACIONES SISTEMA INFORMÁTICO Y PUBLICACIÓN EN LA PAGINA WEB.- VISTO Y CONSIDERANDO: Lo informado por la Señora Secretaria de Superintendencia respecto a las mejoras instrumentadas en el Sistema Informático del Registro Unico de Adopciones, - cuyo detalle se desprende del informe adjunto-, con la colaboración de la Secretaría de Informática y personal de la Secretaría de Superintendencia.--------------------------------------
Que además, en función de las modificaciones introducidas, que fue acompañada por la carga de los datos pertinentes, es posible una mejor visualización de la información. Esta clasificación de los postulantes puede realizarse de acuerdo a las características que se deseen obtener como resultado y se ha incluido el dato de la fecha de vencimiento de la inscripción.-------------------------------------------
En este punto, es importante señalar que la propuesta formulada, consiste en publicar –dentro del espacio perteneciente al Registro Único de Adopción-, el listado de los números de legajos, en el orden de prelación en el que han quedado definidos de acuerdo a las previsiones de la Ley Provincial N° 2561, incluyendo el dato de la fecha de caducidad de la inscripción.- Se deja expresamente aclarado que no se publicarán los nombres de los pretensos adoptantes, ya que cada uno conoce su número de legajo, y la finalidad de la propuesta, es que se pueda verificar en tiempo real, la movilidad del listado, toda vez que la información se toma directamente de la Base de Datos del Organismo, que es periódicamente actualizada.------
Esta publicidad contribuye a la información y transparencia de la gestión del organismo, por lo que se propicia su aprobación. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado por la Secretaria de Superintendencia respecto a los cambios introducidos en el Sistema Informático del Registro Único de Adopción que surgen del informe que se acompaña como parte integrante del presente punto. 2°) Autorizar la publicidad del ítem identificado como “Listado Público” en el informe adjunto, al que deberá agregarse la fecha de caducidad de la inscripción de cada postulante. 3°) Cúmplase.----
10.- LIC. ZULEMA DÍAZ SOBRE PEDIDO DE AUTORIZACIÓN – USO VIDEOGRABACIONES CAMARA GESELL.-VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido efectuado por la Lic. Zulema Díaz, relacionado con la utilización de las videograbaciones de las entrevistas en cámara Gesell que se realizan en el Gabinete de Psicología y psiquiatría forense de ésta ciudad.--------------------
Que el requerimiento se fundó en la necesidad de contar con material de la tarea, para realizar supervisiones y capacitaciones a profesionales del Poder Judicial de la Provincia, y peritos del Poder Judicial de la Nación, previamente deberán borrarse de rostros y silenciamiento de los datos personales a fin de resguardar la identidad de los menores involucrados.---
Que atento las reservas expresadas por el Sr. Defensor ante el cuerpo, respecto a la utilización del material por personal ajeno al éste Poder Judicial, se requirió a la profesional que amplíe sus fundamentos, indicando exactamente a qué peritos Nacionales se refería en su presentación.------------------------------------------
Que de conformidad con los antecedentes obrantes en el expediente, y no surgiendo con claridad el dato solicitado, se hará lugar a la utilización del material en cuestión, solamente para las capacitaciones internas.- Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Autorizar la utilización de las grabaciones de las entrevistas en Cámara Gesell –previa anonimización de los menores de edad-, en las capacitaciones internas del Poder Judicial. 2°) Hacer saber a la solicitante, que para ampliar la presente autorización, deberá indicar claramente para que otros destinatarios se requiere el material que nos ocupa. 3°) Notifíquese, cúmplase.-----
11.-FERNÁNDEZ GARRO JORGE – PATAGONIA FOR EXPORT SOBRE SOLICITA AUSPICIO ECONOMICO.- VISTO Y CONSIDERANDO: Lo solicitado por la Producción del programa “Patagonia For Export” en relación a la posibilidad de auspiciar la realización de un programa televisivo relacionado con la historia de la Justicia Neuquina, con motivo de la celebración el próximo 12 de setiembre del aniversario de la Ciudad de Neuquén. Que teniendo en cuenta lo informado por el Sr. Administrador General respecto a que no existe previsión presupuestaria con ese destino, corresponde hacerle saber al solicitante, que no existe posibilidad de acceder a lo solicitado. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Hacer saber al solicitante, que este Poder Judicial no cuenta con previsión presupuestaria para atender el costo del auspicio solicitado. 2°) Notifíquese, cúmplase.-----------------
12.- CAMARA EN TODOS LOS FUEROS DE CUTRAL-CO SOBRE INFORMA ACUERDO ADMINISTRATIVO Nº 2/10.- VISTO Y CONSIDERANDO: El Acuerdo Administrativo N° 02/2010 en el que se fija el orden de subrogancia del cargo de Presidente de la Cámara de Apelaciones en todos los Fueros de Cutral Có, teniendo en cuenta la reciente designación de la Dra. Alejandra Barroso. En dicho acto, se dispone que en primer lugar subrogará la nombrada, y a continuación el Dr. Pablo Furlotti. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento de lo informado. 2°) Notifíquese, cúmplase, comuníquese a la Secretaría de Gestión Humana para su toma de razón.---------------------------------
13.- DEFENSORÍA DEL NIÑO DE ZAPALA SOBRE ASIGNACIÓN CUPO DE COMBUSTIBLE.- VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido efectuado por la Dra. Gabriela Calaccio, titular del organismo aludido, a fin de que se asigne un cupo de combustible mensual, para atender los gastos de traslado al momento de realizar las visitas efectuadas por las Profesionales auxiliares del Servicio social. Que considerando los antecedentes existentes, corresponde asignar a la dependencia, un cupo de 50 (cincuenta) litros mensuales con cargo de rendición. Por las consideraciones expresadas, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Otorgar a la Defensoría de los Derechos del Niño y del Adolescente de la III Circunscripción Judicial, un cupo de combustible mensual equivalente a 50 litros de nafta súper, con cargo de rendición documentada, bajo responsabilidad de la titular de la mencionada defensoría, quien deberá presentar la correspondiente rendición para la reposición del monto conforme planilla de rendición implementada por Acuerdo N° 4361 Punto VII. 2°) Notifíquese, cúmplase.---------------------------------
14.- PARERA NATALIA SOBRE OPCIÓN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA.- VISTO: El pedido efectuado por la mencionada psicóloga integrante del Equipo Interdisciplinario y con cumplimiento de funciones en el Juzgado Civil con competencia en Familia de Chos Malal, respecto a su voluntad de apartarse del régimen de no exclusividad, creado por Ley N°2526 al que actualmente se halla sujeto. Y CONSIDERANDO La opinión vertida por la titular del Juzgado y por la señora Secretaria de Superintendencia – a cargo por subrogancia del Gabinete Interdisciplinario- en sentido favorable al cambio de modalidad solicitado. Que al respecto, debe advertirse que la nombrada impugna el Acuerdo N° 4473, que dispuso diferir el tratamiento de algunos de los pedidos efectuados. En dicho resolutorio, para así decidir, se tuvieron en cuenta las circunstancias fácticas existentes en ese momento, que difieren de las actuales – tal como se desprende del informe del Juzgado-, lo que amerita una nueva evaluación del pedido, tomando en consideración las circunstancias del caso concreto y no una modificación de aquél resolutorio. Que en aquel momento, el Tribunal resolvió conforme el fundamento que surge del Punto XXI del Acuerdo n°4330, al igual que el pedido de otros profesionales del área. Actualmente se evalúa como valiosa su pertenencia al Equipo Interdisciplinario en forma exclusiva – requisitos éstos que deben considerarse en forma ineludible al momento de expresar la opinión pertinente en los términos del Acuerdo 4069 Punto XIII-. Es por tal motivo, que tal como se expresa en el informe, en este caso no resulta necesario esperar la instrumentación de reglamentación alguna – tal como se resolviera en el acuerdo aludido en primer término-, dada las circunstancias apuntadas precedentemente. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Modificar el régimen de no exclusividad vigente para la Lic. Natalia Parera, quedando sujeto a partir de la fecha del presente Acuerdo, a la modalidad “dedicación exclusiva”.- 2°) Notifíquese y tome razón la Dirección General de Administración.----------------
15.-ADMINISTRADOR GENERAL SOBRE PEDIDO PRORROGA LOCACION DE SERVICIOS.-VISTO Y CONSIDERANDO. El pedido efectuado por el mencionado funcionario, respecto a la necesidad de disponer la prórroga en iguales términos y condiciones a las oportunamente pactadas, de la locación de servicios de la Arq.Mariela Noemí Castro, a partir de su vencimiento y hasta el 31 de marzo del 2011, por ser el plazo estimado para que se haga efectiva la suscripción del Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Que la mencionada profesional presta servicios en el Departamento de Infraestructura como sobrestante de la obra del Edificio de Tribunales y Área Forense de Chos Malal. Que resultando conveniente continuar con sus servicios, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Prorrogar hasta el 30 de marzo del 2011 la locación de servicios suscripta con la Arq.MARIELA NOEMÍ CASTRO.- 2°) Facultar al señor Presidente para suscribir el respectivo contrato. 3°) Encuadrar la prórroga aquí dispuesta en las disposiciones del apartado c), del inciso 2) del artículo 64 de la ley n°2141, y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. 4°) Notifíquese. Tome conocimiento la Administración General y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.--------------------------------
16.-GUSTAVO SERGIO BELTRAN SOBRE LICENCIA EXTRAORDINARIA.-VISTO Y CONSIDERANDO. La solicitud de licencia extraordinaria sin goce de haberes, efectuada por el mencionado agente para ser usufructuada a partir del 24 de agosto hasta el 24 de septiembre, ambos inclusive, del corriente año. Que tal pedido cuenta con la opinión favorable de su superior jerárquico, fundada en que la ausencia comprende un período acotado y que se ha organizado el trabajo de forma tal que no se vea afectado el servicio. Por ello, resultando procedente conceder la licencia solicitada dentro del marco reglamentario previsto en el artículo N°34 de la norma administrativa que rige la materia, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) CONCEDER al señor GUSTAVO SERGIO BELTRAN licencia extraordinaria sin goce de haberes durante el período comprendido entre el 24 de agosto al 24 de septiembre, ambos inclusive del corriente año, de conformidad a lo establecido en el artículo N°34 del Reglamento de Licencias, Ausencia, con o sin Aviso y Faltas de Puntualidad vigente. 2°. Notifíquese, hágase saber y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales. Tome razón la Administración General. -------------------------------
17.-DRA. HAYDEE SILVIA CONTRAFATTO SOBRE AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE AL EXTRANJERO.-VISTO Y CONSIDERANDO: La licencia extraordinaria con encuadre normativo en el artículo n°39 del Reglamento vigente, con autorización para ausentarse al extranjero, concedidas por el señor Presidente por el período comprendido entre el 17 y 19 de agosto del año en curso, para participar como Jurado en la 9° Edición de la Competencia de Derecho Penal Internacional, organizada por el Consejo Latino Americano de Estudiosos del Derecho Internacional y Comparado de México y la Universidad de Utrecht, con apoyo institucional de la Corte Penal Internacional y Corte Interamericana de Derechos Humanos a celebrda en la ciudad de México. Por ello y en atención a lo dispuesto por artículo n°38 de la norma reglamentaria arriba citada, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1°) Tomar conocimiento.------------------------------------
18.-LIC.DORA MARIA ITURRALDE SOBRE RESCISIÓN LOCACION DE SERVICIOS.- VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud de rescisión de la locación de servicios presentada por la mencionada profesional, con efectividad a partir del 26 de agosto en curso y de acuerdo con lo establecido en la cláusula Séptima del contrato recientemente celebrado con este Poder Judicial. Que dicha locación ha sido autorizada mediante Acuerdo n°4539, punto 14 por haber resultado ganadora del concurso externo ordenado por Acuerdo 4522, punto 15°. Que la locación se dispuso para atender los requerimientos de de intervención del profesional psicólogo de los organismos de la ciudad de Villa La angostura, debido a la licencia por enfermedad de largo tratamiento de la titular del cargo, situación que subsiste a la fecha. Que en consecuencia, resultando necesario contar con la mencionada profesional, y encontrándose en condiciones de acceder a dicha contratación la participante que resultara segunda en orden de mérito, de conformidad Fiscal SE RESUELVE: 1°) RESCINDIR a partir del 26 de agosto de 2010 el contrato de locación de servicios celebrado con la Lic.DORA MARIA ITURRALDE. 2°) Disponer la contratación bajo la modalidad de locación de servicios, de la Lic.TRINIDAD MARTÍNEZ, DNI: 24.471.661, para desempeñarse como psicóloga en el Equipo Interdisciplinario del Fuero de Familia, con destino a los organismos de la IV circunscripción judicial con asiento de funciones en la localidad de Villa La Angostura, por un monto mensual de pesos cinco mil doscientos ($ 5.200), y por un término de cuatro meses, prorrogables hasta el efectivo reintegro de la Lic. María Alejandra González, quien siendo la única profesional psicóloga de la Jurisdicción, se encuentra en uso de licencia por enfermedad. 3°) Facultar a Presidencia a disponer fecha de iniciación de la locación y para suscribir el respectivo instrumento. 4°) Encuadrar la presente contratación directa en las disposiciones del apartado c) del inciso 2) del artículo 64 de la Ley Nº 2141. Oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. 5°) Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales y tome razón la Adm. General.-----
19.-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SOBRE PROMOCION PERSONAL.- VISTO: La vacante del cargo de Jefe de Despacho producida en la planta de personal de la Defensoría Civil N° 4, a partir de la promoción de la agente Sara Adriana Mansilla dispuesta por Acuerdo 4536, Punto 11. Y CONSIDERANDO: Que en el apartado 3°) del citado Acuerdo se dispuso el llamado a concurso interno cerrado, con corrimientos y traslados que de ellos resulten para cubrir el mencionado cargo. Que el proceso del examen se tramita en expediente N° 116/10 de registro de la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales, de cuyo resultado da cuenta el acta elevada por el Tribunal Examinador obrante a fojas 89 de las citadas actuaciones. Por ello, de conformidad Fiscal, SE RESUELVE: 1°) Promover a partir del 1 de septiembre de 2010, al cargo de JEFE DE DESPACHO, a la actual Oficial Mayor VIVIANA MAFALDA BERNEY; a la categoría de OFICIAL MAYOR, a la actual Oficial Principal VANINA PAOLA TORRES; a la categoría de OFICIAL PRINCIPAL, la actual Oficial NATALIA CABEZAS; a la categoría de OFICIAL, a la actual Oficial Auxiliar, MARIANA CAROLINA BIASSI y, a la categoría de OFICIAL AUXILIAR a la actual Escribiente, ROMINA ANAHI ALONSO. 2°) Trasladar a partir del 1 de septiembre del año en curso a la agente VIVIANA MAFALDA BERNEY del Juzgado Civil, Comercial y de Minería n° 4, a la Defensoría Civil N° 4; a la agente VANINA PAOLA TORRES de la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente N° 1, al Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 4; a la agente NATALIA CABEZAS de la Defensoría Civil N° 4 a la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente N° 1 y, a la agente ROMINA ANAHI ALONSO del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 2 a la Defensoría Civil N° 4, todos organismos de la I Circunscripción Judicial. 3°) A los fines señalados precedentemente, procédase por la Administración General a la reubicación de los cargos presupuestarios de las agentes trasladadas en las categorías programáticas correspondientes. 4°) Convertir la vacante de Escribiente en una de Auxiliar del Escalafón del Personal Administrativo. 5º) Facultar al Señor Presidente para la designación de un Auxiliar Administrativo con informe de aptitud preocupacional favorable, con destino al Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 2 de la I Circunscripción Judicial. 6º) Notifíquese. Tome razón la Administración General y cúmplase por la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales.----------------------------------
Con lo que no siendo para más, se dá por finalizado el acto, firmando los señores magistrados por ante mí, de lo que doy fe.-----------------------------------------










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